[04-02-16] CC.OO. reclama garantías para asegurar la correcta aplicación de la nueva exigencia, en materia de delitos sexuales, para trabajar con menores
CC.OO. lamenta la improvisación y urgencia con la que empresas y administraciones están exigiendo a los trabajadores la acreditación del nuevo certificado de penales, pese a que el Ministerio de Justicia no lo puede expedir aún. El sindicato hace un llamamiento al Ministerio para que agilice la puesta en marcha del registro específico, y a los empleadores públicos y privados para que requieran esta información cuando el mismo esté operativo.
Los trabajadores y trabajadoras de diversos sectores que desarrollan su actividad profesional en contacto habitual con menores (educación, pediatría, transporte, alimentación, cuidado, etc.) están siendo urgidos por empresas y administraciones públicas a acreditar la ausencia de delitos sexuales para poder acceder y ejercer su actividad profesional, pese a que el Ministerio de Justicia no puede emitir aún este tipo de informes.
La ratificación por España del Convenio relativo a la Protección de los Niños contra la explotación y abuso sexual de 2007, y la Directiva del Parlamento Europeo de 2011 relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil, han supuesto la exigencia de actualizar la normativa española en esta materia. En consecuencia, se aprobó en la pasada legislatura la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, en la que se establece como requisito para poder acceder y ejercer una profesión o actividad que implique contacto habitual con menores, no haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata de seres humanos o explotación de menores. Tal circunstancia debe ser acreditada por trabajadores y trabajadoras aportando un certificado de antecedentes penales específico para tales delitos.
Aunque el certificado en cuestión ha sido desarrollado reglamentariamente mediante el RD 1110/2015, a día de hoy, la administración de justicia todavía no ha desarrollado el dispositivo técnico que permita la expedición de estos certificados.
A pesar de ello, y puesto que la norma ha entrado ya en vigor, las empresas y administraciones públicas que prestan servicios de atención a la infancia han comenzado a exigir este certificado a las plantillas, lo que está obligando a utilizar el certificado de antecedentes penales genérico y completo, ya que no hay previsión en el Ministerio de Justicia de expedir certificaciones ceñidas a los antecedentes por delitos sexuales. Esta situación supone una grave vulneración del derecho a la intimidad de las personas que se ven obligadas a comunicar a su empleador otras situaciones que, sin relación con delitos sexuales, exceden con mucho lo exigido en la norma.
A esto se añade la correspondiente inseguridad para la persona trabajadora respecto a la custodia de datos de carácter personal especialmente sensibles que, conforme a la norma que se pretende aplicar, Ley 26/2015, no deberían obrar en poder de su empleador, así como la correspondiente responsabilidad para las empresas en la vigilancia de este tipo de datos según lo regulado en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
La limitación de recursos humanos y técnicos que sufre la administración de justicia está provocando una clara incapacidad para hacer frente a la gestión de solicitudes que reciben. Por ello, debería establecerse una fórmula de acceso a los certificados suficientemente ágil (período de tiempo transitorio suficiente, acceso telemático, etc.), que resuelva esta situación sin que los trabajadores se vean abocados a las molestias que hoy sufren y que son impropias de una administración pública del siglo XXI.
Del mismo modo, CC.OO. muestra su preocupación por la falta de regulación de algunos otros aspectos relacionados con la gestión de este tipo de documentación (por ejemplo, cómo ha operarse en los procesos de sucesión y subrogación de empresas, o con qué periodicidad han de cumplir los trabajadores/as con el requisito de aportar ese certificado específico de antecedentes penales).
Con el objetivo de resolver, entre otras, las anteriores situaciones, CC.OO. se ha dirigido a los Ministros de Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para que se instrumenten soluciones eficaces a estas situaciones. Al mismo tiempo, hace un llamamiento a las Administraciones Públicas y las organizaciones empresariales para que, como empleadores, sean conscientes de tal situación y colaboren en su resolución.