[09-01-13] Requisitos para ejercer derecho de concurrencia.

Pregunta

Hola, sólo me gustaría saber si para la participación en el concurso de traslados en la modalidad del derecho de concurrencia hay que aportar alguna documentación. Por ejemplo, mi pareja y yo queremos ejercer ese derecho, pero aún no estamos casados. ¿Se exige algún tipo de documentación para ejercer el derecho de concurrencia? Muchas gracias.

Respuesta

Para ejercer el derecho de concurrencia recogido en el art. 18 del Real Decreto 1364/2010 por el que se regula el Concurso de traslados de ámbito estatal (BOE de 30 de octubre) no es necesario acreditar una relación de parentesco, ya que el único requisito que se exige para ejercitarlo es ser funcionario o funcionaria de un  mismo cuerpo docente con destino definitivo,  estando  prevista incluso la posibilidad de ejercitarlo en un grupo de hasta cuatro personas.

Es por ello, por lo que no deberá aportar ninguna documentación acreditativa, y no existirá ningún impedimento legal para ejercitarlo junto a su pareja aunque no estén casados legalmente.

Lo que si debe tener en cuenta es que la adjudicación de los destinos vendrá determinada por la aplicación del baremo, y si una vez aplicado el mismo, ambos han obtenido destino en la provincia solicitada, se podrá hacer efectivo el derecho de concurrencia en un mismo centro (si consignan el mismo y único centro); en el mismo o diferentes centros (si consignan varios centros) o en diferentes centros (si ambos consignan centros diferentes). Por el contrario, si usted o su pareja no obtiene destino en la provincia, se entenderán desestimadas ambas solicitudes.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar personalmente o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Jurídico y de Estudios F.E.CC.OO Andalucía