[25-01-13] Obligación del personal integrante de las bolsas de aprobar el proceso selectivo.

Pregunta

Saludos y gracias por su atención:

¿Hay normativa que avale la obligación del interino con tiempo de servicio a aprobar la oposición para seguir en la bolsa de trabajo?

Es decir, ¿sería legal que te obliguen a aprobar con tiempo de servicio o como otros apuntan lo ilegal es que sin aprobar la oposición que da acceso a la bolsa de trabajo independientemente de tener o no tiempo de servicio no te saquen de la bolsa?

¿Y en el caso de los que han obtenido el tiempo de servicio por bolsa extraordinaria sin haber superado nunca una oposición?

Mil gracias.

Respuesta

Efectivamente el art. 20 del Decreto 302/2010 de 1 de junio establecía que el personal integrante de una bolsa de trabajo solo podría permanecer en la misma tras la realización de un nuevo proceso selectivo, si alcanzaba una puntuación de al menos cinco puntos según el baremo establecido. Dicho artículo fue modificado por el Decreto 311/2012 de 26 de junio (BOJA de 3 de julio); fruto de las negociaciones llevadas a cabo por CCOO y de la movilización del profesorado interino, que dieron lugar al Acuerdo de 7 de marzo de 2012, que garantiza la permanencia en las bolsas del profesorado interino, pese a no superar el proceso de oposición, y la ordenación del mismo en función del tiempo de servicio; siendo la redacción actual del mismo la siguiente:

El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un nuevo proceso selectivo para el acceso a la función pública docente si participa en dicho procedimiento realizando al menos la primera prueba del mismo.

Dicho articulo le es igualmente de aplicación al personal que accede a las bolsas de trabajo mediante la modalidad de acceso extraordinario, tal y como viene recogido en el art. 22.3 del Decreto 302/2010 aunque debe tener en cuenta que dicho personal quedará ordenado en las bolsas correspondientes detrás del personal que accede mediante la modalidad de acceso ordinario.

En función de dicha regulación, que es la vigente en la actualidad, para poder continuar en las bolsas de trabajo tanto en un caso como en otro, solo será necesario participar en el procedimiento selectivo realizando al menos la primera prueba, entendiendo que cualquier otra disquisición sobre la legalidad o ilegalidad de dicha regulación carece de sentido y las opiniones dependerán de la situación en la que se encuentre cada persona.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto, puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar o bien puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Jurídico y de Estudios F.E.CC.OO Andalucía