[30-01-13] Reserva del puesto de trabajo en la excedencia por cuidado de hijo.

Pregunta

Buenos días, soy un profesor de enseñanza secundaria en excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años desde el día 7/9/2010. El día 22/11/12 solicite el reingreso para el 22/12/12, terminando mi periodo máximo de excedencia el 11/1/13, ya que la fecha de nacimiento es el 11/1/2010 y la administración dice que a otorgado mi plaza a otro funcionario y que no hay disponible en mi localidad me ofrecen otra en otra localidad y me dicen que o acepto o a excedencia voluntaria con todo lo que ello conlleva. ¿Esto es legal? Ya me han mentido 3 veces en Delegación y ahora voy a interponer una demanda porque han pasado dos meses y sigo sin trabajo y sin cobrar evidentemente. Un saludo

Respuesta

La excedencia por cuidado de hijo regulada en el art. 89 de la Ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público conlleva la reserva del mismo puesto de trabajo durante los dos primeros años y a partir de ese periodo la reserva de un puesto en la misma localidad de igual nivel y retribución. Es por lo anterior, por lo que entendemos que al haber transcurrido dos años desde el inicio del disfrute del periodo de excedencia, si bien no tendría derecho a la reserva del mismo puesto, si  tendría derecho a la reserva de un puesto en la misma localidad, recomendándole por lo tanto que se ponga en contacto con su Sindicato Provincial para que le asesoren al respecto.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía