[01-02-13] Vacaciones enseñanza privada.

Pregunta

En el Convenio de Enseñanza Reglada no Concertada ¿corresponde al personal docente un mes de vacaciones en verano más los períodos fijados para el alumnado en Navidad y Semana Santa o sólo un mes anual en su totalidad repartido en los tres períodos citados?

Respuesta

Según lo establecido en el artículo 40 del IX Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada de Régimen General o Enseñanza Reglada sin ningún nivel concertado o subvencionado, todos los trabajadores afectados por este Convenio tendrán derecho a disfrutar de un mes de vacaciones retribuidas por cada año completo de servicio activo, preferentemente en verano.

Asimismo el artículo 42 establece que todo el personal docente tendrá derecho a disfrutar en Semana Santa y Navidad, de igual vacación que la fijada para los alumnos.

En virtud de dicha regulación, tendrá derecho a disfrutar de un mes de vacaciones en verano y los periodos de Navidad y Semana Santa.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar personalmente o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía