[06-02-13] Requisitos para impartir módulos PCPI (Programas de Cualificación Profesional Inicial).

Pregunta

Buenas tardes:

¿Puede una maestra adscrita al 1º ciclo de ESO ser obligada a impartir las clases de PCPI teniendo horario completo en el 1º ciclo de ESO?

Respuesta

Si tiene horario completo no podrán asignarle la impartición de ninguna otra materia, ya que el horario asignado, en ningún caso podrá superar el horario establecido en el art. 13 de la Orden de 20 de agosto de 2010 (BOJA de 30 de agosto) y en el Real Decreto Ley 14/2012 de 20 de abril de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (BOE de 21 de abril), que estipulan que el horario de obligada permanencia en el centro será de treinta horas semanales de las cuales un mínimo de veinte comprenderán el horario lectivo.

Además de lo expuesto, debe tener en cuenta lo recogido en el art. 18 de la ORDEN de 24 de junio de 2008, por la que se regulan los programas de cualificación profesional inicial (BOJA de 7 de agosto), que establece los  requisitos del profesorado para impartir los módulos de PCPI:   

Artículo 18. Requisitos del profesorado.
1. Los módulos específicos serán impartidos por un único profesor o profesora que deberá estar en posesión de la titulación establecida en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, a excepción del módulo de formación en centros de trabajo, para el cual también tendrá atribución docente el profesorado a que se refiere el apartado 2 del presente artículo.
En todo caso, las especialidades del profesorado estarán especificadas en la Resolución por la que se establezca el perfil profesional correspondiente.
2. Los módulos de formación general serán impartidos por un único profesor o profesora que deberá estar en posesión de la titulación establecida en el artículo 93 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. En todo caso, tendrá prioridad el profesorado que acredite experiencia y formación en la atención educativa a la diversidad.
3. En los centros docentes públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, la provisión de plazas para los módulos a los que se refieren los dos puntos anteriores se realizará con carácter provisional, mediante concursos específicos conforme a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Este profesorado quedará adscrito al departamento de orientación, excepto en aquellos centros que cuenten con departamento de la familia profesional a la que pertenece el perfil profesional del programa, en cuyo caso el profesorado que imparte los módulos específicos quedará adscrito a éste.
4. Para impartir los módulos voluntarios conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesario estar en posesión de la titulación establecida en el artículo 94 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. A tales efectos se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) El módulo social será impartido por un profesor o profesora de la especialidad de Geografía e historia.
b) El módulo científico-tecnológico será impartido por un único profesor o profesora de las especialidades correspondientes a cualquiera de las materias cuyos aspectos básicos componen el currículo del módulo, a excepción del proyecto técnico, que podrá ser impartido por un profesor o profesora distinto, preferentemente de la especialidad de Tecnología.
c) El módulo de comunicación podrá ser impartido por un único profesor o profesora de las especialidades de Lengua española o Lengua extranjera, o por dos profesores o profesoras distintos de las citadas especialidades.
5. En los programas específicos dirigidos al alumnado con necesidades educativas especiales, los módulos de formación general serán impartidos por maestros o maestras especializados para la atención de este alumnado.


En virtud de dicha regulación, consideramos que en ningún caso, le podrían asignar impartir enseñanzas en los módulos de PCPI ya que la provisión de plazas del profesorado que imparte dichas enseñanzas se realiza mediante concursos específicos  y dichos módulos son impartidos por un único profesor o profesora.

Es por lo anterior, por lo que le recomendamos que en el supuesto de que le encomendaran algún módulo se ponga en contacto con su Sindicato Provincial, para que le asesoren sobre las medidas a adoptar.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.  

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía