[27-02-13] Excepción a la exclusión de la bolsa de trabajo a una interina.

Pregunta

Soy interina de secundaria y estoy embarazada, con fecha de parto para julio de 2013. Tengo una duda con respecto al disfrute de mi futura baja por maternidad. Para el curso que viene pueden sucederme dos cosas, que me den una vacante informatizada, como me ocurrió el curso 2011-12, o que me llamen ya en septiembre, como me ha sucedido este curso, aunque sea para una vacante. Supongo que si es vacante informatizada puedo aceptarla y continuar con mi maternidad, pero no sé lo que ocurriría si me llaman en septiembre ¿es lo mismo? ¿Puedo aceptar esa sustitución o vacante y seguir disfrutando de mi baja, o tendría que renunciar a ella para incorporarme? Muchas gracias

Respuesta

Tanto si le dan vacante en el proceso de adjudicación de destinos como si le ofrecen una sustitución con posterioridad, podrá solicitar la renuncia al destino adjudicado, ya que su situación se encontraría entre los supuestos de excepción a la exclusión de las bolsas de trabajo, recogidos en el art. 14 de la Orden de 8 de junio de 2011 por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal (BOJA de 16 de junio), concretamente en el apartado b) “Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad, en el momento de la oferta”.

En su caso le será computable a efectos de tiempo de servicios en la bolsa de trabajo el periodo de nombramiento para el que solicite la renuncia, siempre y cuando no desarrolle ninguna actividad retribuida durante dicho periodo, tal y como viene establecido en el art. 24 de la Orden.

En cualquier caso, debe tener en cuenta que en el supuesto de que le adjudiquen un destino en el procedimiento de adjudicación, deberá presentar la renuncia ante la Dirección General competente de la Consejería de Educación en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva, y en el supuesto de que le ofertaran un destino con posterioridad, deberá presentar la renuncia ante la Delegación correspondiente en el plazo de veinticuatro horas, excluidos sábados, domingos y festivos.

Además de lo expuesto, debe tener en consideración, que si el permiso le coincide con el periodo vacacional, podrá solicitar el disfrute del mismo una vez finalice el permiso, salvo que haya finalizado la relación jurídica con  la Consejería.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar personalmente o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía