[11-03-13] Profesorado Pública: Excedencia por agrupación familiar.

Pregunta

Buenos días: mi consulta es la siguiente. Yo, desde este año estoy destinado como funcionario docente en el exterior. Mi mujer también es funcionaria docente, con oposiciones aprobadas en el año 2010. Para el próximo curso ella se quería pedir una excedencia por reagrupación familiar. Querríamos saber varias cuestiones:

a) una vez concedida la excedencia si se reincorporara en el plazo de dos años, ¿tendría derecho a mantener su plaza?

b) en el caso de que no, supongo que al reincorporarse debería concursar en el concurso de traslados; en ese caso, ¿mantendría la misma puntuación que ahora o perdería los puntos que tiene en la actualidad por permanencia en su actual centro? Muchas gracias

Respuesta

La excedencia por agrupación familiar no conlleva la reserva del puesto de trabajo tal y como viene establecido en el art.  89.3 de la Ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, es por ello por lo que perderá el destino definitivo que venía ocupando, aunque se incorpore en el plazo de dos años, debiendo además tener en cuenta que  durante el periodo de excedencia no devengará retribuciones, no le será computable a efectos de ascenso, trienios,  derechos pasivos y prestaciones de MUFACE, salvo que abone la totalidad de la cuota, es decir tanto la parte que corresponde al mutualista como la que corresponde a la Administración.

Cuando solicite la reincorporación, si hay vacante, la Administración se la adjudicara provisionalmente hasta la finalización del curso, y efectivamente deberá participar en el primer concurso de traslados que se convoque con posterioridad a la solicitud de reingreso, concurso en el que no le será computada la antigüedad en el centro en el que tenía su destino antes de solicitar la excedencia, ya que solo está contemplada dicha posibilidad en el caso de la excedencia forzosa y en la excedencia por cuidado de hijo si se reincorpora en el plazo de dos años.   

También puede solicitar el reingreso participando directamente en la convocatoria del concurso de traslados e incorporarse al destino que se le adjudique con efectos del 1 de septiembre del curso siguiente.

Si no obtuviera destino definitivo en el concurso de traslados o no pudiese participar por haber solicitado el reingreso con posterioridad al cierre del plazo de participación, tendrá que participar en la convocatoria para la colocación de efectivos para la adjudicación de  destinos provisionales para el curso siguiente.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato provincial donde le podrán informar personalmente o bien plantearla a través de este servicio de consultas.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía