[13-03-13] Atribución docente profesorado de FOL en Bachillerato.

Pregunta

Me gustaría tener conocimiento de si un profesor de FOL puede dar economía de 1º de bachillerato con la titulación de Graduado Social.

Respuesta

El art. 3.3 de Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria (BOE de 28de noviembre), estipula que:

“Los funcionarios del cuerpo de catedráticos de enseñanza secundaria y los del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, de las especialidades que se incluyen en el anexo V, podrán impartir docencia en el bachillerato y en la educación secundaria obligatoria de acuerdo con las correspondencias que en él se especifican, siempre que reúnan las condiciones que en el mismo se detallan y sin perjuicio de la preferencia que, para impartir las materias respectivas, tienen los profesores de las especialidades a las que se refieren los anexos III y IV”.

En dicho Anexo V se establece que el profesorado de la especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL) podrá impartir docencia en Bachillerato de las materias de Economía y Orientación profesional e Iniciativa Emprendedora, pero siempre que se trate de licenciados o graduados en alguna especialidad de la rama de conocimientos de Ciencias Sociales y Jurídicas con formación en Economía.

En virtud de dicha regulación, podrá impartir la asignatura de Economía siempre que la titulación de Graduado Social incluya formación en Economía.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.  

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía