[22-03-13] Posibilidad de solicitar la jubilación voluntaria.

Pregunta

El 28 de diciembre de este año cumplo 60 años ¿podré acogerme a la jubilación anticipada con 38 años de servicio cumplidos?

Respuesta

Si no se produce antes de dicha fecha una reforma del sistema de pensiones del régimen de Clases Pasivas del Estado, efectivamente podría solicitar la jubilación voluntaria, ya que los requisitos para solicitar la jubilación voluntaria son los recogidos en el art. 28 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, esto es, contar con al menos sesenta años de edad, y 30 años de servicios efectivos al Estado, debiendo tener en cuenta que si requiere para completar los 30 años, incluir periodos cotizados en otros regímenes públicos, los últimos cinco años computables  han de ser en el Régimen de Clases Pasivas.

Para solicitarla deberá presentar con al menos tres meses de antelación a la fecha en la que desee jubilarse, dos solicitudes en el registro de la Delegación Provincial de Educación, una dirigida a la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (A), y otra dirigida al Delegado Provincial (B), notificándole que se le ha solicitado al órgano de jubilación (DGGRRHH), tal y como marca la norma, adjuntándole una fotocopia de su DNI.

En el supuesto de que se produjera una modificación legislativa, antes de esta fecha,  habrá que estar a lo que se determine y el periodo de implantación que se establezca en la misma, información que este Sindicato facilitará a sus afiliados, recomendándole en cualquier caso, que esté al tanto de las novedades que se puedan producir a través de la página web de CC.OO.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato provincial donde le podrán informar personalmente.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía