[10-04-13] Regulación condiciones descuentos en caso de ausencia de tres días.

Pregunta

Buenos días

Me gustaría preguntar si en Andalucía (para el profesorado) ya se está aplicando lo del máximo de absentismo justificado, de 4 días al año y si es así desde cuando.

Un saludo

Respuesta

La disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2013, que obliga a todas las Comunidades Autónomas y resto de Administraciones a  descontar el 50 % del salario cuando se produzcan ausencias al trabajo por causas de enfermedad o accidente que no den lugar a una situación de incapacidad temporal, les da la potestad a las Comunidades Autónomas para que fijen los términos en los que se van a aplicar dichos descuentos, incluido en su caso el número de ausencias por año a partir del cual se llevará a cabo la detracción en nómina. Al no haberse aún regulado y publicado en BOJA dicha normativa en Andalucía se sigue abonando el 100% de las retribuciones durante los tres primeros días de ausencia sin pasar a la situación de IT, recomendándole que  esté al tanto de las novedades que se vayan produciendo en este sentido, y que podrá consultar en la página web de CC.OO.   

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía