[24-04-13] Implantación bilingüismo en Centro Concertado.

Pregunta

¿Pueden poner un Centro Privado Concertado, la Educación bilingüe obligatoria para todo el alumnado que comience la educación primaria?

Respuesta

Según lo establecido en el art. 18 de la Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 12 de julio), que es de aplicación tanto a centros públicos como privados, la implantación de la enseñanza bilingüe se realizará progresivamente comenzando por el primer curso de la etapa educativa que el centro está autorizado a impartir, salvo en el caso del segundo ciclo de Educación Infantil en el que se implantará simultáneamente en toda la etapa.

Asimismo el art. 5 establece que la autorización como centro bilingüe se realizará por etapas educativas y afectará a todos los puestos escolares que el centro tenga autorizados en dicha etapa.

En función de dicha regulación, si el centro ha obtenido la autorización para impartir enseñanza bilingüe en la etapa de educación primaria, podrá implantarla para todo el alumnado que comience esta etapa, debiendo informar la dirección del centro del carácter bilingüe de ésta, antes del inicio del proceso de escolarización.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato provincial o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía