[21-05-13] Continuidad libros de texto.

Pregunta

Hola, quisiera saber que normativa regula la continuidad o no de los proyectos editoriales en Educación Infantil y Primaria, ya que se ha planteado el debate de trabajar por "proyectos" y por tanto habría que dejar a un lado los libros de las editoriales.

Si el ciclo vota en su mayoría trabajar por proyectos, ¿es obligatorio seguir dicho método de trabajo aunque no se esté de acuerdo? Y viceversa ¿si alguien quiere trabajar en su curso por proyectos puede hacerlo aunque la mayoría no quiera?

¿Los cursos que ya han empezado con un sistema, deberían continuar así hasta el final del ciclo?

Gracias

Respuesta

La única regulación que existe, es la recogida respecto a los libros de texto en el Decreto 227/2011 de 5 de julio, por el que se regula el depósito, el registro y la supervisión de los libros de texto, así como el procedimiento de selección de los mismos por los centros docentes públicos de Andalucía (BOJA de 21 de julio), que establece en los artículos 17 y 18 que corresponderá a los Consejos Escolares la aprobación de los libros de texto, a propuesta de los órganos de coordinación docente correspondientes, y en el art. 19 que la vigencia de los textos elegidos será de al menos cuatro cursos académicos no pudiendo ser sustituidos por otros salvo que hayan causado baja en el Registro.

Al hacer referencia esta normativa solo a la sustitución de unos libros por otros, y no existir ninguna regulación específica respecto al supuesto que usted nos plantea, entendemos que no sería en principio de aplicación, pero aún así consideramos que cualquier modificación que se vaya a producir en dicho sentido, debería ser introducida en el Proyecto educativo cuya elaboración corresponde al equipo directivo con las propuestas efectuadas por el Claustro, y por lo tanto debería ser aprobado por el Consejo Escolar, que como ya hemos expuesto es el órgano que también tiene encomendada la aprobación de los libros de texto, debiendo ser acatada la decisión que se adopte por la totalidad del profesorado.

Por último y en lo que respecta a la posibilidad de implantar un nuevo sistema antes de la finalización del ciclo, si bien entendemos que se debería dar cierta continuidad al proyecto aprobado, no es menos cierto que no existe ningún impedimento legal al respecto, por lo que si esta modificación es beneficiosa para el alumnado, porque por ejemplo los resultados obtenidos hasta el momento no hayan sido satisfactorios desde el punto de vista pedagógico, podría llevarse a cabo siempre que dicha modificación sea aprobada por el Consejo Escolar.

En cualquier caso, si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar o bien plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía