[28-05-13] Enseñanza Concertada: Conversión contrato de obra y servicio en contrato indefinido.

Pregunta


(Pongo entre comillas las palabras textuales del contrato)

Llevo dos años como profesor en un colegio concertado, los cursos 2011/2012 y 2012/2013. El contrato que me hicieron el primer año era un contrato 501 (obra o servicio determinado) a tiempo parcial, empecé con 10 horas. La duración del contrato dice desde septiembre que me contrataron, hasta "Fin del curso académico", y en la cláusula sexta dice que la realización de obra o servicio es "Impartir clases de ESO en el curso académico 2011/2012".

La cuestión es que, en este segundo año, no he firmado un nuevo contrato, sino que en septiembre, al inicio del nuevo curso, he firmado una "COMUNICACIÓN DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO obra /servicio tiempo parcial REGISTRADO CON EL NÚMERO tal (es el mismo número que el contrato inicial)" en el que no aparece fecha alguna de curso 2012/2013. En las cláusulas de esta modificación sólo dice que desde octubre de 2011 sufro un aumento de mi jornada laboral (tengo dos horas más, 12 en total a día de hoy). Y para finalizar dice "El resto de características del contrato no sufre modificación alguna".

Mi duda es: ¿No ha acabado la obra por la que fui contratado? (es decir, el curso 2011/2012) Entonces ¿mi contrato puede pasar a indefinido? Lo pregunto porque ¿no estoy trabajando sin contrato, o más allá de la obra para la que fui contratado, y por tanto en "fraude de ley"?

Mi segunda pregunta es... En caso de "pasar a indefinido" entiendo que es una situación algo tensa en la que estás forzando al centro a hacer algo que no quiere ¿verdad? ¿Cómo se suele o se puede comunicar esto a la empresa/centro de la forma más "pacífica" posible para ambas partes?

Mil gracias de antemano.

Respuesta

Efectivamente el art. 22 del V Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos establece que todos los trabajadores pasarán automáticamente a la condición de fijos, si transcurrido el plazo determinado en el contrato continúan desarrollando sus actividades sin que haya existido nuevo contrato o prórroga del anterior.

En virtud de dicha regulación, si tal y como comenta no se ha firmado un nuevo contrato ni se ha prorrogado el anterior, cuya fecha de finalización sería la de final del curso 2011/2012, entendemos que su contrato debería pasar directamente a tener la condición de contrato indefinido a tiempo parcial, sin que sea necesaria ninguna comunicación a la empresa por parte de usted, ya que la conversión es automática, pero en cualquier caso, le recomendamos que se ponga en contacto con su Sindicato Provincial donde le podrán informar personalmente y verificar las condiciones de su contrato y el alcance de la modificación efectuada.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede ponerse en contacto con su Sindicato provincial donde le podrán informar al respecto.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO Andalucía