[08-01-10] CC.OO. insiste en que la nueva propuesta de reglamentos de organización para los centros educativos debe avanzar más en las competencias de los claustros.
El nuevo borrador sobre el Reglamento de Organización de los colegios públicos de Infantil-Primaria y de los Institutos andaluces, presentado por la Consejería de Educación, contiene significativos cambios respecto a su propuesta inicial. Pero, según CC.OO., a pesar de las modificaciones es necesario seguir avanzando en algunos aspectos, fundamentalmente en las funciones otorgadas a los claustros en relación a los órganos de coordinación didáctica.
La Consejería de Educación ha presentado un nuevo borrador sobre la normativa que regulará la organización de los centros educativos andaluces de Infantil-Primaria e Institutos andaluces, un nuevo borrador con importantes cambios respecto a otro inicial que generó cierto “revuelo” entre el profesorado.
Para el secretario general de la Federación de Enseñanza de CC.OO. de Andalucía, José Blanco, “esta nueva propuesta incorpora algunas cuestiones que abren una puerta a la autonomía pedagógica al permitir que los centros de Secundaria puedan elegir los departamentos didácticos, de modo que puedan dar respuesta a las diferentes necesidades que tienen según su proyecto educativo”. No obstante, para CC.OO. el documento “termina siendo insuficiente desde el momento que es la dirección de los centros la que asigna la carga horaria para realizar la coordinación didáctica, por lo que la idea de la autonomía en la que participe todo el profesorado no llega a ser real”.
CC.OO. destaca una idea principal que ha venido defendiendo como propuesta básica en la que sustentar los Reglamentos de Organización de los Centros. “La Ley de Educación de Andalucía genera un nuevo marco normativo que permite que los centros tengan autonomía pedagógica y organizativa, y este planteamiento debe plasmarse en estos nuevos ROC”. Para CC.OO., “la propuesta anterior encorsetaba los centros escolares al crear en Secundaria macro-departamentos, que en nada respondían a la necesidad de todos los centros educativos y que gran parte del profesorado consideraba inoperantes; no obstante, esta nueva propuesta, aún planteando en sus principios la posibilidad de continuar con una organización departamental, no pone los medios necesarios para que sea finalmente efectiva.”
En la nueva propuesta los claustros de profesorado podrán decidir, con criterios propios, los departamentos didácticos que considere más adecuados para su alumnado y para su propia organización escolar, de modo que, si se desea, podrán mantenerse los actuales departamentos o crear aquellos que así considere el profesorado del centro, algo valorado positivamente por CC.OO. “No obstante, explica José Blanco, de nada vale esta posibilidad si al final no son los claustros los que deciden de modo colegiado la carga horaria departamental, algo que vendrá a ocurrir igualmente en los equipos de ciclo de los colegios de infantil y primaria, ya que será la dirección la que decida en solitario la asignación de horas de coordinación, lo que impedirá de hecho que tenga valor la decisión del claustro en este tema.”
Para CC.OO. es necesario otorgar mayor poder decisorio a los claustros, “de modo que se democraticen los centros educativos y se le reste el papel primordial a las direcciones de los centros en aspectos pedagógicos, que según CC.OO., parece querer otorgarle la Consejería de Educación y que debe corresponder a todo al profesorado en su conjunto.”
Con respecto a los derechos del profesorado se incluyen medidas de protección fiscales como la calificación de atentado a las agresiones, intimidaciones graves o resistencia activa grave que se produzcan contra el profesorado, cuando se hallen desempeñando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. Al mismo tiempo que se regulan las aulas de convivencia, y la mediación ante los casos de conflictividad escolar se reconoce también la autoridad magistral y académica, así como la corrección de las actuaciones del alumnado que, aunque realizadas fuera del recinto y del horario escolar, estén motivadas directamente con la relación de derechos y deberes. Se podrá sancionar tanto en el aula, como en el comedor, como en cualquier otra actividad extraescolar o complementaria, ya que en la actualidad sólo estaban reguladas las sanciones para el horario lectivo, y era necesaria una normativa global para todo el centro.
En relación al personal laboral no docente, CC.OO. considera positivo que se incluyan en un apartado específico a este personal, así como la misma protección ante la posible conflictividad escolar, si bien, creemos igualmente “improcedente que se señale en esta normativa la adaptación horaria de esta personal a los centros escolares, pues el marco negociador de este tema corresponde al convenio colectivo y no a una normativa externa al mismo”.
Para CC.OO. este borrador debe avanzar igualmente en algunas cuestiones como la dotación de mayor carga horaria para desarrollar la labor de tutor que, según CC.OO., es básica para el éxito escolar, o la dotación de algunas figuras administrativas como es la de la Secretaría en todos los centros de Infantil-Primaria y la Vicedirección en todos los Institutos andaluces.
“Esperamos que en el trámite de negociación de este borrador con la Consejería de Educación podamos avanzar en estas cuestiones de gran importancia para la labor del día a día de los centros escolares andaluces, pues de otro modo, CC.OO. rechazará estos reglamentos”, finaliza argumentando José Blanco.