[03-05-17] Si no se modifica el proyecto de presupuestos generales del estado (PPGE), se podría comprometer la continuidad del personal interino en la Universidad (PDI).
LO QUE DICE EL PPGE PARA 2017
El artículo 19. Dos del actual proyecto de Presupuestos Generales del Estado recoge que:
…/… La duración del contrato o del nombramiento no podrá ser superior a tres años, sin que puedan encadenarse sucesivos contratos o nombramientos con la misma persona por un período superior a tres años, circunstancia esta que habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato o nombramiento. …/…
Ese mismo artº. 19. Dos también establece:
“No obstante, lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación a las modalidades particulares de contrato de trabajo contempladas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación o en cualesquiera otras normas con rango de Ley, cuando estén vinculadas a un proyecto específico de investigación o de inversión de duración superior a tres años, circunstancia ésta que habrá de quedar debidamente reflejada en el contrato, ….”
QUÉ CONSECUENCIAS TENDRÍA PARA EL PDI
La aprobación de esta medida podría implicar que, a partir de su entrada en vigor, el profesorado Sustituto Interino y el profesorado Contratado Doctor Interino, no puedan trabajar más de tres años puesto que expresamente sólo limita su no aplicación a las figuras no permanentes recogidas en la LOU (Ayudante, Ayudante Doctor y Asociado) y al Personal Investigador, siempre que en sus contratos vinculados a proyectos se contemple una duración superior a los tres años.
CCOO PROPONE ENMENDAR LOS PRESUPUESTOS
CCOO está procurando a través de enmiendas enviadas a los distintos partidos políticos que se modifique la redacción actual del proyecto de Presupuestos Generales del Estado, recogiendo por un lado que se amplíe el número de plazas a convocar en las distintas administraciones públicas, incluidas las Universidades, así como suprimir el tope máximo de contratación de un mismo empleado en cada administración.
Una de las modificaciones que propone en este artículo y que afectaría al profesorado interino, es que se recoja expresamente que tampoco sería de aplicación a la modalidad de contrato de interinidad.
LA SITUACIÓN ACTUAL LA HA CREADO EL PROPIO GOBIERNO
En el caso de la cobertura de plazas vacantes no depende del trabajador sino de la propia administración desarrollar las OEP en los plazos máximos marcados por el EBEP, plazos que en muchas ocasiones se han superado por las propias restricciones que las sucesivas leyes de presupuestos han ido imponiendo, recordar que llevan años limitando la tasa de reposición de vacantes en las administraciones públicas
Lo que esta disposición estaría provocando no es una limitación al abuso en la contratación temporal, sino una rotación entre temporales, llevando al paro a miles de interinos y precarizar, aún más si cabe, su situación.
SI EL GOBIERNO NO RECTIFICA HABRÁ MOVILIZACIONES
CCOO convocará movilizaciones si no se aceptan las enmiendas para que se amplíe el número de plazas que se puedan convocar en las OEP en distintas administraciones públicas y para que se suprima la limitación de los tres años.