[18-09-17] Alcanzado pre-acuerdo en la Mesa Sectorial PDI, de recuperación de derechos y estabilidad.

Pendiente de ratificar en Mesa General de Universidades

En sesión de la Mesa Sectorial Andaluza de Negociación del PDI, celebrada este viernes día 15 de septiembre en Sevilla,  en la que han participado el Secretario General de Universidades de la Junta de Andalucía, representantes de cada una de las Universidades Andaluzas, y CC.OO. como sindicato con mayor representatividad negocial, junto a UGT y CSIF, se ha alcanzado un preacuerdo (pendiente de su ratificación en la Mesa General Andaluza de Universidades) sobre las propuestas de CC.OO., de las que os hemos hecho partícipes antes y durante todo el proceso de negociación, y que resumimos a continuación:
 
I.- Con carácter general, el PDI con contrato a tiempo completo dedicará a la actividad docente hasta 240 horas.

La aplicación de este acuerdo se realizará gradualmente, en dos cursos académicos:
• Curso 2018/2019, se realizará una reducción de 320 a 280 horas.
• Curso 2019/2020, se realizará una reducción de 280 a 240 horas.
No obstante, lo anterior, se podrán aplicar en el curso 2017/2018 los criterios previstos por cada Universidad para determinar la dedicación docente. Esto significa que se tienen que respetar los encargos docentes que ya se vengan aplicando en cada Universidad.
 
II.- Reconocimiento retributivo en concepto de complementos docentes (quinquenios) y de investigación (sexenios) para el PDI contratado laboral fijo (Profesor Contratado Doctor y Profesor Colaborador).

La retribución de estos complementos se hará efectiva de la siguiente forma: el 50% de su cuantía en el año 2018; y el resto hasta completar el 100% en el año 2019. Se acuerda, además, un régimen transitorio que adecue la percepción gradual y progresiva del premio de funcionarización y de los nuevos complementos.
 
III. Última convocatoria en el año 2018 para el reconocimiento de complementos autonómicos, para el que se empleará el modelo de evaluación previsto en las convocatorias anteriores.

En esta convocatoria podrá participar todo el profesorado incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo de 24 de septiembre de 2003 (BOJA del 26 de diciembre) que nunca haya participado en alguna convocatoria previa, así como el profesorado que habiendo participado no hubiera alcanzado el número máximo de tramos previstos (5). Asimismo, podrá participar en la misma el personal investigador de las Universidades Públicas Andaluzas, contratado a tiempo completo por un período continuado superior a cuatro años, siempre que hayan completado los dos primeros años del mismo. El abono de los tramos que sean reconocidos se realizará con efectos del 1 de enero de 2019.
 
IV. Además de lo anterior, se ha acordado proponer un nuevo sistema, que será negociado, para el reconocimiento de complementos retributivos ligados a méritos docentes, investigadores y de gestión, para el personal contemplado en el punto anterior.

La primera convocatoria que resulte de aplicación conforme al nuevo sistema que se establezca se realizará en el año 2019. Esta convocatoria contemplará la posibilidad de que se puedan evaluar aquellos que pudiendo hacerlo, no hubieran solicitado en las convocatorias correspondientes al anterior sistema a las que se refiere el punto anterior.
 
V. Plan de estabilización del profesorado contratado doctor interino y carrera profesional para el PDI laboral de las Universidades Públicas en Andalucía.

Se ha acordado iniciar de manera inmediata en este año 2017, la negociación para acordar una propuesta de modificación del TRLAU para el diseño de la carrera profesional del PDI laboral de Andalucía que contemple el desarrollo de un sistema de estabilización.
• Asimismo se ha acordado un sistema de promoción para que el personal contratado doctor interino que lo desee pueda solicitar durante 2018/2020 la convocatoria de una plaza de contratado doctor en su área de conocimiento, que deberá tener como perfil docente e investigador el correspondiente a las tareas que se vienen desempeñando en dichas plazas.  En la resolución de estas plazas deberá tenerse en cuenta, la antigüedad y experiencia adquirida en los puestos de trabajo que hayan desempeñado, de forma diferenciada y atendiendo a la categoría profesional en la que se hayan prestado los servicios. En los casos que no resulte posible la estabilización vía dicho sistema de promoción por haber obtenido la plaza convocada otro candidato, o resultara desierta, el profesorado afectado por esta circunstancia, seguirá en la plaza que ocupa actualmente, en las mismas condiciones (laborales y retributivas) que venía prestando sus servicios.  Esta situación se mantendrá por un período de cinco años contados a partir de la fecha en que se haya resuelto la convocatoria. El profesorado afectado no podrá solicitar la convocatoria de nuevas plazas hasta que hayan transcurrido cinco años desde la resolución de la convocatoria anterior, a cuyo efecto las Universidades procederán a realizar una nueva dotación de plazas. No obstante, no tendrá que transcurrir dicho plazo si, durante el transcurso del mismo se produjera nueva petición de convocatoria por el interesado, previo informe del Consejo de Departamento, y con el visto bueno del Vicerrectorado con competencias de profesorado y aprobado por el Consejo de Gobierno.
 
VI. Se han acordado un conjunto de medidas dirigidas a la corrección paulatina del uso de la figura de PSI, tanto para potenciar las contrataciones bajo esta modalidad a tiempo completo, como para dotar plazas estructurales a tiempo completo en los casos en los que la contratación temporal (PSI Y ASOC.)  esté motivada por necesidades estructurales, y no eventuales. A estos efectos, se dotará el mayor número de plazas estructurales de Profesor Ayudante Doctor, facilitando con ello el acceso a las convocatorias de personal acreditado a dicha figura como consecuencia de su experiencia previa como personal docente e investigador.
 
VII. Para garantizar el cumplimiento de todos los acuerdos adoptados las Leyes de Presupuestos de la Junta de Andalucía de los correspondientes ejercicios económicos, y los presupuestos de las Universidades Públicas, incluirán en los costes de personal, las dotaciones económicas necesarias para su cumplimiento, que estarán sujetas a los fines que las justifican y serán condición imprescindible para la ejecución de lo acordado en cada caso.
 
VIII. Se constituirá una Comisión de Seguimiento a efectos de verificar el cumplimiento y desarrollo del presente acuerdo, especialmente en relación al plan de promoción y estabilización, así como al desarrollo del acuerdo en el colectivo del PSI, en la que estarán presentes las partes firmantes del mismo.

Comparte esta noticia: