[04-10-17] Decreto andaluz que regula la selección, nombramiento, formación y reconocimiento de las direcciones de los centros docentes públicos no universitarios.

Ha visto la luz finalmente el Decreto andaluz que regula la selección, nombramiento, formación y reconocimiento de las direcciones de los centros docentes públicos no universitarios.
 
Este Decreto viene a regular la LOMCE y el Real Decreto 894/2014, de 17 de octubre en el que se desarrolla las características de la función directiva y de los cursos de habilitación y actualización de competencias directivas que determina la propia Ley.
 
Finalmente, y tal como ha exigido CC.OO. para paliar el control unilateral de la Administración en la selección de la dirección, la comisiones seleccionadoras estarán constituida por 5 miembros de la comunidad educativa (3 docentes y 2 representantes del personal no docente del centro), y 4 de facto de la Administración Educativa (1 inspector/a, 1 director/a de otro centro y 2 representantes del EOE o CEP de zona). Ello supone que el 60% de los miembros lo serán de la comunidad educativa del centro.
 
Además, el Decreto andaluz, determina que el reconocimiento de la dirección lo será igualmente para el profesorado que ha sido nombrado excepcionalmente durante los cursos 2014/15, 2015/16, 2016/17 ó 2017/18 de modo que no se mermen los derechos económicos de este profesorado.
 
Será a partir del 1 de enero de 2018 cuando el requisito de formación mediante cursos de habilitación o acreditación será imprescindible para el acceso; requisito que debe conllevar una amplia oferta de formación para todo el profesorado que lo desee de modo que sea efectivo el papel que debe ejercerla comunidad educativa. De otro modo el requisito de formación será en muchos casos excluyente impidiendo la democratización de las direcciones de los centros desde “la base” del sistema educativo.
 
Esta normativa, por tanto, viene a dar respuesta a una ley que toda la comunidad educativa pide que se derogue. Y es que se debe democratizar el sistema educativo desde abajo, no consolidando las actuales direcciones en exclusiva, sino facilitando el acceso a todos los docentes para que la comunidad educativa sea la que proponga y determine sus direcciones sin limitaciones formativas, una formación que bien puede realizarse una vez nombrada la dirección tal como venía produciéndose.
 
Pedida la derogación de la LOMCE en aras de un supuesto “pacto educativo” y tras la suspensión de algunos aspectos vitales de la ley como las reválidas, es necesario igualmente la derogación y/o al menos la suspensión del modelo de dirección que impone la LOMCE y que regula, en su formación, el Real decreto 894/2014.  El sistema educativo requiere del fomento de la democratización y la participación de toda la comunidad educativa, también en la selección de las direcciones, que evite la creación “de facto”, de un cuerpo de directores y directoras como vendrá a consolidar este Real Decreto. CC.OO. considera imprescindible la democratización de los centros educativos y, por ello, también de sus direcciones.

> Decreto.

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