[25-11-10] Una sentencia instada por CC.OO. impone a un alumno una orden de alejamiento a su centro de estudios y al profesor agredido

Agresiones al Profesorado

CC.OO. presenta tres sentencias novedosas en el ámbito de la enseñanza, mostrando su satisfacción ante la actitud de la justicia en los casos de agresiones contra el profesorado, a raíz del compromiso alcanzado entre el sindicado y el Fiscal Jefe del TSJA en 2006, “que supuso un punto de inflexión ya que estos actos comenzaron a ser tipificados como delitos y como atentados contra la autoridad, con penas de cárcel, en lugar de como simples faltas”. De ese modo, el sindicato ha presentado varias sentencias novedosas, entre ellas, una en la que se condena a un alumno por delito de coacciones a un profesor y se le impone una “orden de alejamiento” y una multa considerable que, en caso de impago, supone ingreso en prisión. Pero pese a los avances en materia judicial, el sindicato ha hecho un llamamiento a administraciones y familias para que se dignifique la figura del profesor y ha alertado sobre una nueva forma de agresión, el ciberacoso.

El secretario general de la Federación de Enseñanza de CC.OO. de Andalucía, José Blanco, y la abogada del Gabinete Jurídico de la Federación, Mª Dolores López, han presentado tres sentencias dictadas por tres juzgados distintos que confirman la contundencia de la Justicia tras las instrucciones que se dan al Ministerio Fiscal para que ejerza igualmente la acusación por delito y no falta penal, en los casos de violencia en los centros de enseñanza. En los tres casos el Gabinete de CC.OO. ha ejercido la acusación particular y asesoramiento con un resultado que el sindicato ha calificado de “extraordinariamente positivo en la defensa de la autoridad del docente, y la protección de la labor profesional en el ámbito educativo”.

De ese modo, las sentencias presentan novedades importantes, según han explicado Blanco y López, “por cuanto suponen un avance en la tipificación de diferentes actos de los agresores y se imponen además órdenes de alejamiento e incomunicación, así como respaldan institucionalmente la autoridad del profesorado y el poder de corrección en el ejercicio de la actividad docente”.

Para CC.OO. estas sentencias, que se han sucedido a raíz del compromiso alcanzado entre el sindicato con el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en 2006, “suponen un antes y después en la lucha por la convivencia en las aulas y en la dignificación de la labor docente”. No obstante, Blanco ha dejado claro que “queda mucho por hacer, pese a los avances” y ha exigido a la Consejería que cuando haya agresiones a los trabajadores de la enseñanza se persone como acusación.

Asimismo, el responsable sindical ha recordado la necesidad de “dignificar” la figura del trabajador de la enseñanza por parte de la comunidad administrativa y de las familias, “ya que cada vez son más los profesores que se sientan en el banquillo acusados de por los padres por reñirle a un niño o reprobarle una conducta inadecuada”. “Afortunadamente, -ha añadido la abogada-, también son cada vez más las sentencias que los absuelven”.

En ese sentido, Blanco ha insistido en que “hay un gran problema en la sociedad y es que la labor del educador es puesta en duda constantemente y eso contribuye a instaurar el mensaje de que cuando algo va mal es culpa siempre del profesorado”.

Por otra parte, el dirigente sindical ha advertido sobre la aparición de un nuevo tipo de acoso basado en las nuevas tecnologías que, según López, ha hecho aumentar las consultas telefónicas en el servicio que el sindicato dispone ‘CC.OO. te escucha’. “Estamos ante lo que se denomina ciberacoso, y frente a ello reclamamos más formación tanto para el profesorado como para los propios padres porque el porcentaje de agresiones de este tipo es cada vez mayor”. “Incluso, -añaden-, ha habido casos en el que los datos de una profesora se han colgado en una página de contactos sexuales”.


Sentencias conseguidas por CC.OO.

- En sentencia de 11 de noviembre de 2010 ha sido condenado un alumno de un IES, mayor de edad, por un delito de coacciones, al que se le impone además, una orden de alejamiento del centro educativo así como del Director y el Jefe de Estudios. El alumno no podrá acercarse a una distancia inferior a 300 metros, durante los dos próximos años, debiendo pagar una multa superior a MIL EUROS y, en caso de impago, deberá cumplir prisión como pena subsidiaria.

Así lo ha entendido el Juzgado de lo Penal núm. Once de Málaga en sentencia firme núm. 577/10, que considera probado que “… el alumno fue requerido por el Jefe de estudios por su mal comportamiento para que abandonara el aula, y con intención de amedrentarle y vulnerar el principio de autoridad que representa, profirió expresiones como “No salgo porque no me sale de los huevos, aquí no pero en la calle te las verás conmigo” y posteriormente delante del Director, continúo manifestando expresiones como “os vais a enterar, sois unos mierdas, perros judíos hablaremos fuera del instituto”.

- Otra sentencia no menos importante que respalda el ejercicio docente, es la dictada a finales de octubre de 2010, y en la que se absuelve a un maestro que fue acusado por una falta de maltrato cuando “agarró del brazo a un alumno” para evitar que se saliera de la fila formada e invadiera la calzada de la calle en una excursión escolar. El docente reprendió a su alumno por su conducta desobediente, advirtiendo del peligro de un posible atropello, pero la madre del mismo, sin embargo “le sentó en el banquillo” de un Juzgado.

CCOO muestra su satisfacción por el contenido de la sentencia absolutoria al determinarse que el maestro actúo con la debida diligencia y ejerciendo plenamente su facultad de corrección de conductas disruptivas del alumnado.

- También, en el mes de septiembre de este año fue notificada otra importante sentencia por la que se condena a otro alumno menor de edad, por un delito de atentado en concurso con una falta de lesiones y una falta de amenazas. Los padres del estudiante condenado, deberán abonar una indemnización al profesor de más de MIL SEISCIENTOS EUROS por los daños ocasionados. El Juzgado de Menores núm. Tres de Málaga, en sentencia nº 208/2010 de 12 de julio, le impone un año de libertad vigilada con contenido formativo-ocupacional y se considera probado que en noviembre de 2008, el alumno se hallaba fumando en el pasillo del centro educativo y tras ser reprendido por su profesor le increpó agresivamente diciéndole “te voy a dar una hostia y una paliza” y ya en el interior del aula con los pies sobre su mesa le llamó “capullo de mierda” y extrajo de su mochila una vara de metal plegable de un metro de longitud una vez extendida, con la que comenzó a golpearle en los brazos, ocasionando las lesiones que consta en el parte médico y además el profesor padeció un trastorno neurótico postraumático como consecuencia directa de los hechos.

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