[09-03-11] CC.OO. exige a Educación cumplir la normativa europea en cuanto al pago de trienios y sexenios de los interinos docentes

Profesorado Interino.- Cobro de trienios y sexenios

Una nueva sentencia, esta vez del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, obliga a la Consejería de Educación a pagar los Trienios anteriores al 2007 a todos los interinos y a los funcionarios que antes de esta fecha no los habían cobrado por tener, precisamente, la condición de interinos. CC.OO. exigirá a la Consejería de Educación el pago inmediato de estos trienios, así como el de los sexenios. Las primeras sentencias favorables fueron dictadas en 2009 por los juzgados de Granada y ya entonces CC.OO. exigió una solución negociada de forma inmediata para el conjunto de los empleados públicos andaluces en esta situación.

La Consejería de Educación tiene paralizados más de 2.000 recursos presentados por CC.OO. en representación de profesores interinos reclamando el cobro de trienios y sexenios en base la Directiva 1999/70/CE del Consejo Europeo de 28 de junio de 1999,  del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, por el que obligaba a todos los estados miembros, en lo que respecta a las condiciones de trabajo, a no darle un tratamiento menos favorable a los trabajadores con contratos de duración determinada que a los trabajadores fijos, debiéndose aplicar no más tarde del 10 de julio de 2001.

El secretario general de la Federación de Enseñanza de CC.OO. de Andalucía, José Blanco, ha precisado que en Andalucía, según datos de este sindicato, “unos 22.000 docentes tendrían derecho a percibir los trienios trabajados con anterioridad a 2007”. En este mismo sentido se ha expresado el secretario general del sindicato en Granada, Diego Molina, “se trata de una reivindicación histórica que se resume en una frase: a igual trabajo, igual salario. CC.OO. lleva mucho tiempo reclamando a la Administración que los interinos cobren los mismos complementos específicos de los funcionarios de carrera con una situación laboral de estabilidad. El sindicato ha realizado movilizaciones solicitando esto y ha ganado reclamaciones en los juzgados, pero la administración se ha negado a reconocer estos complementos retributivos”.

Desde el sindicato se informa que las Delegaciones  provinciales de Educación se han estado escudando, para desestimar las reclamaciones presentadas en primera instancia administrativa por las Asesorías Jurídicas de CC.OO., en que dicha Directiva no era aplicable a los empleados públicos, pero una reciente y novedosa sentencia contra la Xunta de Galicia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 22 de diciembre de 2010, deja claro que los interinos están afectados por dicha Directiva. Por lo que atendiendo a esta, Educación está obligada a pagar los trienios anteriores a 2007 a todos los interinos y funcionarios que antes de esa fecha no los habían acobrado por tener la condición de interinos, así como los sexenios hasta la fecha.

Según José Blanco, “la Consejería de Educación, que se ha quedado sin argumentos para continuar denegando las reclamaciones, ha optado por el silencio, bloqueando el cauce administrativo y obligando a los 2.000 reclamantes a tener que continuar con el procedimiento por la vía judicial, con el consiguiente gasto personal y sobrecarga de trabajo para los ya colapsados tribunales de justicia”.

Desde CC.OO. no se comprende que en unos momentos en que el debate nacional está centrado en el ahorro y en cómo conseguir una mejor rentabilidad de los recursos de las Administraciones, no se puede entender que para demorar un pago, que es inevitable, Educación opte por obligar a sus trabajadores a judicializar el conflicto, ralentizando aun más el funcionamiento de los tribunales, y por ende, demorando escandalosamente en el tiempo la impartición de justicia, que es todo lo contrario a lo que está obligado a propiciar toda Administración que se precie.

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