[05-10-18] Análisis de la convocatoria de Bolsas Extraordinarias del Cuerpo de Profesorado de Cátedra de Música y Artes Escénicas

CC.OO. denuncia que esta orden no ha sido negociada, ni siquiera presentada, a las organizaciones sindicales en Mesa Sectorial, un hecho que es de obligado cumplimiento en tanto que afecta a las condiciones laborales del profesorado.

Todo el profesorado que lo desee y que tenga los requisitos exigibles, incluido el que se encuentra este curso escolar en estos puestos y que no sea funcionario del cuerpo de catedráticos, debe participar en el proceso que finaliza el 15 de octubre.

Las bolsas actuales del Cuerpo del profesorado de Cátedra de Música y Artes Escénicas han nacido con la convocatoria de las oposiciones a este cuerpo recientemente realizadas (junio 2018) tal como regula la orden de 18 de junio de 2018 que determina las bolsas de trabajo del profesorado.

Esta orden viene a regular las bolsas del profesorado en Andalucía dándose la paradoja de que, por la no convocatoria de oposiciones de puestos de cátedra de conservatorios superiores desde hace décadas, el procedimiento de creación de bolsas para estas plazas no ha podido seguir, hasta ahora, el procedimiento ordinario seguido por el resto del profesorado andaluz. La orden supone el “paraguas” para todas las bolsas de todo el profesorado, incluidas las correspondientes a las de cátedra de conservatorios de música y danza. En este caso, la cobertura de estas plazas, tras el pasado proceso de ingreso, lo es, además, con el requisito de poseer un máster oficial con al menos 60 créditos y que capacite para la investigación.

El profesorado nombrado para el cuerpo de profesorado de cátedra de música y artes escénicas para el actual curso escolar 2018-19, lo fue mediante resolución de 27 de junio de 2017, por lo tanto, tan sólo para el presente curso escolar. Resolución 28 junio 2018 para cátedra curso 2028/19. Deberá ser pues una nueva resolución, tal como sucede cada curso escolar y para todos los niveles educativos, la que determine la colocación, procedimiento y prelación de la cobertura de plazas de cátedra para el próximo curso escolar 2019-20.

Teniendo en cuenta que no se convocaron a oposición todas las especialidades existentes en el cuerpo de cátedra de música y danza, la mayoría de las bolsas de cátedra están a 0 docentes, motivo por el que la Consejería de Educación convoca estas bolsas extraordinarias y que a partir del 1 de septiembre de 2019 serán las que, junto a las que se han creado tras el último proceso de oposición, se utilizarán para dotar estos puestos.

La Consejería de educación cuenta en su página web con la resolución de convocatoria de estas bolsas extraordinarias del cuerpo de profesorado de cátedra de música y artes escénicas y el anexo con el personal que ya pertenece a las mismas por haber superado alguna parte del pasado proceso de concurso oposición que es el único profesorado que no debe solicitar pertenecer a esta bolsa porque de manera efectiva ya se encuentra en ella.

- Resolución bolsas cuerpo profesorado de cátedra y artes escénicas.

- Anexo con personal en bolsa de cátedra de conservatorios superiores.

En ningún momento la Consejería de Educación ha negociado esta resolución con las organizaciones sindicales del profesorado. Ni siquiera las ha presentado en mesa sectorial, un hecho que rompe el deber que tiene con los representantes del profesorado, sus empleados, en tanto que la medida afecta a las condiciones laborales de éstos. Debe tenerse en cuenta que esta convocatoria extraordinaria no es comparable, por los cambios generados por el nuevo requisito de la capacidad investigadora, a las convocatorias de bolsas extraordinarias de especialidades del cuerpo de secundaria, por ejemplo, donde los requisitos han sido siempre los mismos y porque, tras la convocatoria de oposiciones, se han generado bolsas por el procedimiento ordinario con las que no ha sido posible desde hace décadas por falta de empleo público en este cuerpo (responsabilidad directa y exclusiva de la Consejería de Educación). Actuar de este modo, con una convocatoria “sorpresa” sólo genera incertidumbre y ansiedad entre el profesorado, dos cuestiones que en nada benefician, ni a la salud de los docentes, ni a la calidad de nuestra educación.
 
Esta resolución de bolsas extraordinarias supone pues que todo aquel docente que desee acceder a una plaza de cátedra en un conservatorio superior de música o danza, incluso aquel que este año se encuentre trabajando en uno de estos puestos gracias a la resolución de colocación de efectivos para el curso 2018-19 (y por tanto sin pertenecer a las nuevas bolsas tras las pasadas oposiciones), debe participar en esta convocatoria de bolsas extraordinarias (incluido personal interino y funcionario/a de otros cuerpos) siempre y cuando no se pertenezca ya a la bolsa por haber participado y aprobado alguna prueba en el pasado concurso oposición, ya que en ese caso se pertenece de hecho. El plazo de petición lo es hasta el 15 de octubre de 2018.

Para poder participar en estas bolsas, por tanto, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Poseer la titulación y demás requisitos establecidos en el Cuerpo de Profesorado de Cátedra de Música  y Artes Escénicas en el Anexo de la Orden de 18 de junio de 2018.

2.- Estar en posesión de la documentación que acredite la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias de las enseñanzas artísticas a que se refiere el artículo 17 del Real Decreto 276/2007, que vendrá dada por el cumplimiento de alguna de las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de la titulación de doctorado.
b) Estar en posesión del reconocimiento de suficiencia investigadora o del certificado- diploma acreditativo de estudios avanzados (D.E.A.).
c) Estar en posesión de un título universitario oficial de Máster distinto del requerido para el ingreso en la función pública docente, para cuya obtención se hayan exigido, al menos, 60 créditos, que capacite para la práctica de la investigación educativa o de la investigación propia de las enseñanzas artísticas.

No debe obviarse que debe ser la resolución de colocación de efectivos de plazas de cátedra para los conservatorios superiores de música y danza que se publique para el curso 2019-20, la que determine la colocación de este personal y el orden de prelación del mismo. Esta resolución que ahora se publica unilateralmente lo es sólo de las bolsas de trabajo, no de la colocación y adjudicación de destino para el próximo curso. La petición de centros que se debe solicitar ahora al participar en esta resolución, lo es para dar cobertura a las sustituciones que se produzcan este curso, pudiendo solicitar el profesorado, si lo desea, estar en bolsa aunque no disponible para lo que resta de curso escolar (un hecho que podrá volver a solicitar cada año en los plazos determinados para ello).

En el caso que se desee pertenecer a esta bolsa siendo funcionario del cuerpo profesional de música y artes escénicas, el nombramiento se realizaría, entendemos que  tal como se ha procedido en el actual curso escolar, es decir, en comisión de servicios, una cuestión que la resolución de colocación próxima deberá definir. Y es que esta resolución de bolsa permite la participación del profesorado funcionario siempre que no se pertenezca ya al cuerpo de cátedra de los cuerpos de música y artes escénicas (o se sea funcionario/a en prácticas en el mismo).

Debe tenerse en cuenta que la orden de regulación de bolsa para todo el profesorado andaluz determina, en el caso de profesorado interino, que el orden de prelación lo es en primer lugar con profesorado con tiempo de servicio (que en el caso de cátedra lo será de aquel con los requisitos de titulación), seguido del profesorado en bolsa que tras el último proceso oposición ha superado al menos una prueba (ordenado por nota obtenida) y en último lugar el profesorado que ha accedido por pertenecer a una bolsa extraordinaria (ordenado según baremación de méritos). En cualquier caso será la resolución de colocación para el próximo curso la que determine el orden de prelación de los distintos colectivos, funcionarial e interino. Ha de recordarse que la resolución de colocación del presente curso priorizó al profesorado funcionario sobre el interino, en todos los casos con todos los requisitos de titulación exigibles, posponiendo a los últimos puestos, y por tanto dejando como excepcional, el nombramiento de profesorado sin el requisito del máster en este mismo orden de colectivos. 

Más allá de la valoración que pueda o quiera hacerse sobre el requisito que demuestre la capacidad investigadora determinado por la Consejería de Educación en Andalucía como requisito indicado en el RD 276/2007, y sin entrar a valorar los pros y contra que puedan esgrimirse al respecto, lo que no es aceptable es que para este el actual procedimiento de colocación del profesorado en plazas de cátedra, la Consejería de Educación no haya aceptado la moratoria planteada en solitario por CC.OO. en la mesa sectorial en que fue presentada la resolución de colocación del profesorado de cátedra para el curso actual. Esta petición debe ser entendida también como extensible a la convocatoria de estas bolsas extraordinarias de ahora. Ello hubiese permitido que el profesorado actualmente matriculado en un máster tras conocer fehacientemente la exigencia de este requisito que las pasadas oposiciones confirmaron, hubiese podido finalizarlo sin abandonar el puesto que ha venido ocupando por años.  El baremo que se impone en esta resolución plantea aspectos que, sin duda alguna, podrían haber sido negociados y mejorados por cuestionables, caso por ejemplo de la experiencia docente previa que contempla un máximo de 3 puntos y que puede condicionar significativamente la adjudicación de estos puestos. No tiene sentido que no se incluyan méritos artísticos, en un baremo, más comprensible en la educación secundaria, cuando en los estudios superiores es necesario fomentar el desarrollo de la actividad profesional, en estos estudios artísticos.

La aplicación inmediata de esta medida que plantea la Consejería de Educación ha generado inestabilidad innecesariamente en las plantillas en tanto que, en breve, habrá profesorado que, matriculado actualmente en un máster, dispondrá del requisito que le ha impedido participar en la actual colocación de este profesorado y que sí dispondrá en siguientes convocatorias.

Particularmente, en el caso del conservatorio superior de Danza, hay profesorado muy reconocido profesionalmente que tiene una titulación homologada para la docencia aunque, al no ser ésta de grado, imposibilita acceder a un máster, razón sobre la que se debiese trabajar para encontrar “alternativas” tal como se alcanzaron, por ejemplo, con el profesorado técnico de FP con formación no universitaria ni homologable que finalmente ha podido y puede realizar un máster/formación homologable para la función docente.

Esta orden, aun queriendo homologar una situación sin una clara definición por años, no puede hacerse sin negociación ni periodos transitorios porque en educación, como en muchas otras cuestiones, los cambios bruscos no son productivos y sólo generan incertidumbre, descontrol y pérdida de calidad. Una cuestión que afecta tan directamente a las condiciones laborales del profesorado requiere, cuando menos, una negociación con los representantes del profesorado en el espacio legalmente constituido para ello, la Mesa Sectorial de Educación.

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