[09-09-19] Disfrute de periodo vacacional que coincide con IT en fecha distinta (interina)

Pregunta

Soy profesora interina y desde finales del mes de julio estoy de baja por IT (reposo por embarazo alto de riesgo), y ahora voy coger el alta médica por buena evolución.
Mi baja médica ha interrumpido la prórroga vacacional del mes de agosto, y actualmente ha expirado mi relación laboral.

Con un nuevo contrato de docente, ¿podré disfrutar en otro periodo lectivo mis vacaciones? Según el art 30.1 de la Orden de 18 de junio de 2018:
<... el período que corresponda a dicho mes se disfrutará en fecha distinta, ..., salvo que resulte imposible por haber expirado la relación jurídica con la Consejería competente en materia de educación.
... deberán solicitar el disfrute de las vacaciones ..., una vez finalizada la baja por incapacidad.>

Si desde el 1 de septiembre no tengo contrato, no tiene sentido que solicite las vacaciones una vez finalice mi baja por IT, ¿es así? Si a lo largo del curso 2019/2020 obtengo un nuevo contrato:
- ¿tendría derecho al disfrute de las vacaciones aun perteneciendo a otro contrato?
- ¿podría entonces solicitar las vacaciones perdidas del mes de agosto de 2019?
- ¿las podría añadir al permiso de maternidad y lactancia correspondiente?

Respuesta

El art. 50 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, estipula que cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan o si una vez iniciada éstas sobreviniera alguna de estas situaciones, se podrá disfrutar el periodo vacacional en fecha distinta siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año al que correspondan.

Efectivamente el art. 30 de la Orden de 18 de junio de 2018 por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal docente y se establecen las bases aplicables al mismo (BOJA de 21 de junio), estipula que se podrá disfrutar del periodo vacacional que coincida con la situación de IT o con algún permiso derivado de la maternidad, en fecha distinta salvo que resulta imposible por haber expirado la relación jurídica con la Consejería de Educación.
En su caso, al tratarse de una situación de IT (ya sea por enfermedad o por riesgo durante el embarazo), tendría que presentar la solicitud y disfrutar del periodo vacacional a continuación de la finalización de dicha situación, circunstancia que no podría darse si no cuenta con un nuevo nombramiento, por lo que una opción sería solicitar su disfrute una vez finalice la situación de IT, para que por parte de la que  la Consejería se efectúe un nuevo nombramiento por el periodo que le corresponda de prórroga vacacional, y con carácter subsidiario una compensación económica, ya que de hecho existen algunas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (SSTJUE 10-septiembre-2009 y 21-junio-2012), que en base a lo estipulado en la Directiva 2003/88, recogen la posibilidad de solicitar de forma extraordinaria una compensación económica cuando no se haya podido disfrutar de las vacaciones y se haya extinguido la relación laboral, Directiva que entendemos debe ser aplicable al personal funcionario.

En cuanto a la cuestión planteada sobre la posibilidad de disfrutar del periodo vacacional a continuación del permiso de maternidad y lactancia, indicarle que solo en el caso de que el periodo vacacional coincida con alguno de estos permisos podría disfrutarse de dicho periodo a continuación del disfrute de éstos,  tal y como aparece recogido en la Circular de 6 de febrero de 2013 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada del personal docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, situación que no se daría en su caso, ya que el periodo vacacional ha coincidido con una situación de IT no con los permisos de maternidad o lactancia.  

Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO. Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía.