[18-01-19] Información para la cumplimentación del Modelo 233 obligados a presentar todos los centros de primer ciclo de educación infantil autorizados.

Con efectos desde 1 de enero de 2018, la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 modifica la deducción por maternidad, de forma que el importe de esta deducción se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando la contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo o hija menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Con el objetivo de informar y controlar la aplicación de esta deducción, el Ministerio de Hacienda ha publicado la Orden HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 233, «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados», que tienen la obligación de presentar las guarderías o centros de educación infantil autorizados a que se refiere el artículo 81.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio.

La declaración se deberá presentar por primera vez con los datos del ejercicio fiscal 2018. El plazo para la presentación del nuevo modelo de declaración es hasta el 15/02/2019 (a partir del próximo año el plazo de presentación será el mes de enero).

La Consejería de Educación, para facilitar esta gestión a todos los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda, pondrá a disposición de los mismos la posibilidad de generar a través del sistema de información Séneca un fichero ajustado a las especificaciones del modelo 233, que podrá ser exportado, permitiendo la edición de los datos que contiene para la posterior presentación de la declaración ante la AEAT por el titular de cada centro, que es el obligado a presentarla y el responsable de la veracidad de los datos que se incluyan en la misma. A tales efectos, debe tenerse en cuenta que los datos recogidos en el fichero aportado por la Consejería de Educación se refieren exclusivamente a los que corresponden a la gestión del Programa de ayuda.

Una vez habilitada en el sistema de información Séneca la posibilidad de generar el citado fichero se comunicará a todos los centros mediante mensajería Séneca y se adjuntará un breve manual.

Por último, es necesario destacar que en este momento las familias no tienen que realizar actuación alguna en relación con esta deducción fiscal. En este sentido, según informa la AEAT, esta declaración informativa, modelo 233, deben presentarla exclusivamente, las guarderías o centros de educación infantil autorizados y en ningún caso deben presentarla las familias.

Además, para la práctica de esta deducción estatal no es necesario aportar a las familias ningún justificante emitido por la guardería o centro de educación infantil autorizado.

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