[12-02-20] Asignación enseñanza semipresencial adultos profesor puesto bilingüe
Pregunta
Estoy nombrado por concurso de traslados como profesor de una asignatura bilingüe en mi centro (IES). Mis preguntas son:
- El profesorado destinado por concurso de traslados a un puesto de una asignatura bilingüe tiene la obligación de rellenar su horario con asignaturas bilingües. ¿Puede durante algún curso elegir otro tipo de enseñanzas, sin coger ninguna hora bilingüe o minorando dicha carga lectiva bilingüe, y volver posteriormente a impartir regularmente bilingüismo?
- En nuestro centro se jubila un cargo directivo de enseñanza de adultos semipresencial, y la directiva ha pensado en mi como sustituto de ese cargo. Obviamente si voy a tener un cargo directivo ligado a las enseñanzas semipresenciales tengo que impartir esas enseñanzas. ¿Podría dejar la enseñanza bilingüe y ocupar todo mi horario en el turno nocturno (adultos) con enseñanzas semipresenciales y la reducción por mi cargo ya que en adultos no hay enseñanzas bilingües?
Muchas gracias.
Respuesta
Si usted está ocupando un puesto bilingüe obtenido en el concurso de traslados, debe impartir dichas enseñanzas, tal y como aparece recogido en el art. 21.5 de la Orden de 28 de junio de 2011 por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA de 12 de julio), modificada por la Orden de 1 de agosto de 2016, donde se estipula que:
5. El profesorado que ocupe los puestos de carácter bilingüe impartirá docencia en los cursos y etapas educativas donde se haya implantado la enseñanza bilingüe, sin perjuicio de que pueda completar su horario con otras enseñanzas y cursos una vez atendidos aquellos.
Por lo expuesto, entendemos que, si bien podría completar su horario con otras enseñanzas, no podría dejar de impartir enseñanza bilingüe y ocupar todo su horario con la impartición de estas enseñanzas, en este caso educación de adultos semipresencial, estando recogida la asignación de materias en éstas en el art. 32 del Decreto 359/2011 de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional (BOJA 27-12-2011).
Artículo 32. Profesorado.
La asignación entre el profesorado de los diferentes ámbitos, materias, módulos profesionales, cursos y grupos correspondientes a las enseñanzas semipresenciales en los centros docentes públicos la realizará la dirección del centro, atendiendo a los criterios pedagógicos propuestos por el Claustro de Profesorado y a la formación técnica y metodológica específica para atender esta modalidad de enseñanza, y respetando, en todo caso, la atribución de docencia que corresponde a cada una de las especialidades del profesorado de conformidad con la normativa vigente.
Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CCOO. CC.OO. Andalucía.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía.