[17-02-20] Disfrute del permiso por asuntos particulares sin retribución por parte del director

Pregunta

Mi consulta es si puede pedir un permiso sin retribución un director o director en funciones de un colegio público, sin que haya en el centro nadie más que forme parte del equipo directivo, no hay ni jefe de estudios ni secretario.

Respuesta

Entendemos que al director como a cualquier otro empleado público, no se le puede privar de su derecho a disfrutar de los permisos recogidos en la normativa de aplicación, debiendo tener en cuenta que las características de un determinado centro, no pueden conllevar, la limitación de este derecho, ya que en caso contrario se estaría dando una situación discriminatoria en base a dichas características, por lo que consideramos que deberán arbitrarse los mecanismos oportunos para que las necesidades del centro estén cubiertas.

Una vez expuesto lo anterior, lo que sí debe tener en cuenta, es que en el caso del permiso por asuntos particulares sin retribución su concreto periodo de disfrute está subordinado a las necesidades del servicio, por lo que podría darse el caso de que la Delegación territorial, que es el órgano competente para su concesión limite su concesión en determinadas fechas.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía