[24-07-20] Incompatibilidad para publicación libros

Pregunta

Quisiera hacer una consulta. Soy profesora de Secundaria y me ha surgido la posibilidad de elaborar parte de un temario para una editorial. Ahora mismo no incluye actividades formativas. Quisiera saber si el contrato de edición que así se llama, reviste alguna incompatibilidad. Pienso que no, pero aun así... Me urge la consulta.Un saludo.

Respuesta

El art. 19 de la Ley 53/1984 de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas (BOE de 4 de enero de 1985) recoge entre las actividades excluidas del régimen de incompatibilidades

f) La producción y creación literaria, artística, científica y técnica, así como las publicaciones derivadas de aquéllas, siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios

Al hacer referencia este apartado a que la actividad no podrá conllevar una relación de empleo o de prestación de servicios, si la actividad que va a desarrollar conlleva la formalización con la editorial de un contrato de edición o de encargo, recogidos en el art. 58 y 59 del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, se originaría una relación de prestación de servicios, y por lo tanto no podría encuadrarse dicha actividad en este supuesto de exclusión del régimen de incompatibilidades aplicables al personal funcionario, no siendo por lo tanto compatible.


En cualquier caso, si lo desea puede solicitar la declaración de compatibilidad y esperar respuesta antes de formalizar el contrato.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía