Informe de la Abogacía del Tribunal de Justicia de la UE sobre personal interino

 

El informe de la abogacía del Tribunal de Justicia de la UE (determinante para la sentencia que lo será en unos meses), define aspectos que sobre el trabajo interino de los/las empleados/as públicos y que sustenta que la sentencia del Tribunal Supremo es conforme a las directrices europeas:

1.- El derecho nacional prevalece en el acceso y condiciones para sus empleados/as públicos/as.

2. Se reconoce la sanción ante el abuso por contratación encadenada en el empleo público, un hecho que, podría afectar al personal docente interino andaluz en tanto que, en nuestra tierra, por acuerdo sindical de CC.OO., el profesorado interino recibe el cobro de vacaciones, la parte proporcional de pagas extras por periodos laborales no completos... motivo por el que, si se regulase una indemnización por imperativo europeo, podría terminar afectando a estos acuerdos.

3.-Consistiera que los procesos selectivos como proceso de cobertura definitiva de los puestos de trabajo de empleo público no son procesos abusivos.

4.- No es requisito para una posible reclamación que desee realizarse, de ser el caso, haber reclamado previamente como defienden algunos bufetes y organizaciones sindicales por intereses meramente de rentabilidad económica.

Accede al comunicado realizado por CC.OO.

Accede al informe de la abogacía

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