[02-10-20] Reducción horaria mayores de 55 años.

Pregunta

Soy maestra de infantil y mayor de 55 años, me gustaría saber si en la reducción horaria, el equipo directivo debe cumplirlo, pues la jefa de estudios del centro me dijo textualmente:" que mi reducción horaria la realizaría la compañera de apoyo de infantil, pero que, si esta tenía que sustituir durante varios días o semanas por una baja, o enfermedad... que esas dos horas las perdería". Eso puede ser así, pues aún no he tenido ninguna hora de reducción ya que la compañera de apoyo lleva dos semanas cubriendo una baja. Gracias

Respuesta

La reducción horaria para el profesorado mayor de cincuenta y cinco años se encuentra recogida en el art. art. 23.3 de la Ley 17/2007 de 10 de diciembre de Educación de Andalucía, en el art. 3 de la Orden de 4 de septiembre de 1987 por la que se regula la jornada semanal de los funcionarios públicos docentes en su redacción dada por la Orden de 16 de abril de 2008 (BOJA de 2 de mayo), y en las Órdenes de organización y funcionamiento de los centros que imparten las respectivas enseñanzas, donde se estipula que:

"El personal funcionario docente de los centros docentes públicos del ámbito de gestión de la Consejería de Educación que cuente con cincuenta y cinco o más años de edad a 31 de agosto de cada anualidad tendrá una reducción en su jornada lectiva semanal, a partir de dicha fecha, de dos horas. Dicha reducción semanal se llevará a cabo en el horario de docencia directa con el alumnado, sin que ello implique reducción del horario semanal de dedicación directa al centro, establecido en 30 horas."


Al recogerse en dichas disposiciones que el personal “tendrá una reducción horaria”, entendemos que, al tratarse de un derecho reconocido legalmente, debe aplicársele de forma automática a partir del inicio del curso, debiendo el centro haber arbitrado los mecanismos necesarios para garantizar el ejercicio de este derecho reconocido a todo el profesorado mayor de 55 años, y asimismo el derecho a la educación del alumnado.

Es por ello, por lo que le recomendamos que si lo desea plantee esta cuestión a la inspección educativa.

Si necesita alguna aclaración más al respecto, puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía