[13-10-20] Abono cuotas MUFACE y Clases Pasivas durante permiso por asuntos particulares sin retribución.

Pregunta

Voy a solicitar un permiso por asuntos particulares sin retribución de tres meses y mi pregunta es si durante el periodo que dure dicho permiso tengo que seguir abonando MUFACE y clases pasivas.

Respuesta

En lo que respecta a MUFACE el art. 27.4 del Real Decreto 375/2003 por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo, estipula que la obligación de cotizar quedará suspendida cuando se disfrute de licencias por asuntos propios. En cualquier caso, al quedar únicamente suspendida la obligación, una vez se reincorpore a su puesto de trabajo, y por lo tanto vuelva percibir retribuciones, se le detraerá todos los meses, hasta que se extinga el débito, una mensualidad atrasada y una corriente, tal y como aparece recogido en el apartado 5 del citado artículo, donde se estipula que:

5. No obstante, las cotizaciones de los mutualistas obligatorios por los periodos contemplados en el apartado anterior se realizarán desde la fecha en que se comience de nuevo a acreditarles retribuciones, descontándose mensualmente, hasta la total extinción del débito, una cuota corriente y otra atrasada. En el supuesto de que desde estas situaciones pasen a excedencia voluntaria, o a cualquier otra situación o condición que no conlleve la obligación de cotizar, deberán ingresar las cotizaciones adeudadas. El ingreso de estas cuotas deberá realizarse en el plazo de un mes, desde la notificación de la liquidación y requerimiento de pago por parte de la mutualidad y, en caso de incumplimiento, se procederá a su exacción por vía de apremio.

En lo que respecta a Clases Pasivas el art. 23.3 del RDL 670/1987, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, estipula que, si por cualquier circunstancia no fuera posible la detracción de la cuota correspondiente en nómina, el funcionario deberá ingresar mensualmente en el Tesoro directamente las cantidades correspondientes a las cuotas que vaya devengando. No obstante, las Delegaciones de Educación, para evitar trastornos al funcionario, suele actuar igual que con la cuota de MUFACE, es decir, cuando comience a percibir nuevamente retribuciones, se le descontará mensualmente, la cuota del mes corriente y otra atrasada hasta la total extinción del débito.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía