[26-10-20] Compatibilidad excedencia por cuidado de hijo con trabajo

Pregunta

Soy monitora de comedor escolar y me pedí una excedencia por cuidado de menor a cargo.
Desde el martes 20 me incorpore a un centro escolar como interina, me gustaría saber si existe alguna incompatibilidad con la excedencia que solicite.
Gracias y saludos.

Respuesta

De forma expresa no se reconoce en ninguna normativa esta posibilidad, pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha interpretado esta normativa en el sentido de entender que se trata de una excedencia cuya finalidad es que los trabajadores puedan conciliar la vida personal y familiar con su actividad laboral. Y en este sentido, considera que nada impide que durante esta excedencia el trabajador/a pueda realizar otra actividad retribuida que permita esa compatibilidad. Asimismo, el Tribunal Constitucional añade que, si estuviera prohibido realizar otra actividad remunerada, se estaría favoreciendo a los trabajadores con más recursos económicos por encima de los que tienen menos, discriminación ésta que vulneraría la igualdad de oportunidades. Así, la sentencia TSJ Madrid, nº 263/2009, de 14/04/2009, Rec. 1290/2009, se ha pronunciado al respecto y afirma que considerar incompatible la situación de excedencia por cuidado de hijos y el trabajo remunerado privaría al trabajador de la posibilidad de obtener ingresos que contribuyen al cuidado del menor. Por otra parte, no considera legal judicialmente decidir cómo la mujer trabajadora (en la inmensa mayoría de los casos) debe atender al hijo. Asimismo, afirma que si se aprecia que el nuevo trabajo, desde un punto de vista razonable y objetivo, facilita de alguna forma el cuidado del hijo no cabe, en su opinión, apreciar incumplimiento alguno por parte del trabajador.

En consecuencia, siendo monitora de comedor escolar suponemos que la excedencia se la ha concedido una empresa privada, la cual no debería poner ninguna objeción a su nombramiento como funcionaria interina, si su caso se ajusta a lo que los Tribunales vienen definiendo como una mejora de las condiciones que le permiten combinar de forma óptima la conciliación familiar y cuidado de los menores.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía