[28-10-20] Teletrabajo por cuidado de hijo en periodo de aislamiento

Pregunta

Tengo un hijo de 10 años al que han enviado a casa por haber dado positivo un compañero de su grupo, no tengo con quien dejarlo ¿Qué puedo hacer?

Respuesta

El Acuerdo de 13 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el Acuerdo entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía y las Organizaciones Sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Educación, contempla en el punto noveno que las personas con menores de 14 años o personas dependientes a su cargo que resulten afectadas por el cierre total o parcial de centros escolares o asistenciales, y las personas afectadas por algún caso debidamente confirmado de COVID-19 en la unidad familiar, prestarán sus servicios en la modalidad de trabajo no presencial, salvo que correspondiera su declaración en situación de incapacidad temporal.

En base a lo dispuesto en dicho Acuerdo podrá solicitar en su centro que se le permita teletrabajar mientras dure el periodo de aislamiento obligatorio, debiendo tener en cuenta, en cualquier caso, que deberá acreditar mediante declaración responsable que no existe otro familiar conviviente que pueda hacerse cargo de la menor o, que este haya solicitado esta modalidad de trabajo no presencial por dicha situación, y la recomendación médica del aislamiento, así como, el libro de familia.  

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía