[16-11-20] Equivalencia entre materias Bachillerato LOE y LOMCE (Educación adultos)

Pregunta

Buenas quería haceros la siguiente consulta:
Con el cambio de LOE a LOMCE, en el bachillerato hay un cambio en el número de asignaturas que ha de realizar un alumno para titular. El problema que se nos plantea en el bachillerato de adultos es que nos suele aparecer alumnado con primero aprobado en la ley anterior y que le queda parte de segundo.
Mis dudas son las siguientes:
¿Puede convalidar una asignatura superada de la LOE una de la LOMCE de la misma carga horaria siendo el mismo tipo de asignatura?
¿Qué significa cuando me aparece en Séneca aprobada por cambio de legislación?
Una duda más en concreto. Tengo una alumna que tiene aprobada TIC de 2º de bachillerato LOE, pero no TIC de 1º ya que no existía. ¿Debería aprobar al pasar a esta alumna ahora a LOMCE la TIC I y la TIC II?

Respuesta

Las equivalencias de las asignaturas de los distintos planes educativos en la enseñanza de educación de adultos, se encuentran recogidas en el Anexo de la Orden de 25 de enero de 2018, por la que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, Anexo donde podrá verificar qué materias pueden reconocerse como superadas por haber sido declaradas equivalentes.

En el caso concreto que nos plantea sobre TIC I y TIC II, TIC I de 1º de Bachillerato es equivalente a efectos de reconocimiento con la materia de TIC II de segundo de bachillerato de la LOE.  

Además, de lo expuesto, debe tener en cuenta que incluso en el caso de que no fuera equivalente el art. 3 de la citada Orden recoge la posibilidad de que un alumno se matricule en una asignatura de segundo curso sin haber cursado la correspondiente de primer curso:

Artículo 3. Continuidad entre materias.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del Decreto 110/2016, de 14 de junio, la superación de las materias de segundo curso de Bachillerato que se indican en el Anexo III del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, estará condicionada a la superación de las correspondientes materias de primer curso indicadas en dicho Anexo por implicar continuidad.

No obstante, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la imparta considere que el alumno o alumna reúne las condiciones necesarias para poder seguir con aprovechamiento la materia de segundo curso.

2. En función de lo establecido en el apartado anterior, el profesorado que imparta la materia en segundo curso tomará la decisión que proceda durante el proceso de evaluación inicial a la que se refiere el artículo 11 y la trasladará al resto del equipo docente en la sesión de dicha evaluación inicial.

3. En caso de que la decisión tomada permita al alumno o alumna cursar la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso, esta circunstancia deberá quedar reflejada en el expediente académico del alumno o alumna. En caso contrario, el alumnado deberá matricularse y cursar la materia de primer curso
.

En el caso de la incorporación de un alumno que venía cursando Bachillerato LOE a un curso de Bachillerato de la LOMCE le sería de aplicación la Orden ECD/462/2016, de 31 de marzo, por la que se regula el procedimiento de incorporación del alumnado a un curso de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, con materias no superadas del currículo anterior a su implantación.

Por último, y en cuanto a la cuestión planteada sobre la plataforma Séneca indicarle que entendemos que se tratará de una asignatura declarada superada por la aplicación del régimen de equivalencias, en cualquier caso, al tratarse de una cuestión de gestión más que jurídica, le recomendamos que se la plantee a la dirección del centro.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía