[19-11-20] Acreditación posesión título oposiciones y bolsa extraordinaria

Pregunta

Me quiero presentar a la bolsa extraordinaria que acaba de salir para profesorado de secundaria y también a las oposiciones que tendrán lugar en junio de 2021, y tengo entendido que la convocatoria para apuntarse no va a tardar mucho en salir. Tengo una pregunta referente a mi título, ya que se me ha extraviado. Tengo el suplemento europeo al título, pero me han dicho que no es válido como título. He pedido un duplicado a la universidad, pero para hacerlo primero tienen que publicar en el BOE el extravío de mi título por 30 días hábiles. Por lo tanto, hasta dentro de mes y medio no podré pedir la expedición del duplicado con el correspondiente pago de tasas de expedición. En la Universidad me han dicho que con el documento del BOE donde aparece mi nombre y mi titulación es suficiente, pero me cabe la duda de que no sea así. Por favor me podrían confirmar si presentando el suplemento europeo al título y la publicación en el BOE del extravío de mi título es suficiente. Muchas gracias

Respuesta

En las convocatorias de oposiciones que se vienen realizando, entre ellas la última del cuerpo de profesores de educación secundaria, realizada por Orden de 5 de abril de 2018, se recoge respecto a la titulación exigida que se deberá “Estar en posesión o haber solicitado la expedición de alguna de las titulaciones que figuran en el apartado 2.2.”

En su caso, entendemos que debería aportar, además del suplemento europeo, y la publicación en el BOE del extravío del título, la solicitud del duplicado en la Universidad, con sello de registro, y en caso de que haya abonado alguna tasa, copia de la misma, ya que éstos últimos documentos acreditan que ha solicitado, en este caso, no la expedición en sí del título, pero sí la expedición de un duplicado de éste.  En este sentido seria de aplicación el art. 3 del Código Civil que estipula que “las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas”.

Igualmente podría aportar una certificación de la Universidad en la que conste que ha finalizado los estudios conducentes a la titulación requerida

Si una vez salga la lista provisional de personal admitido y excluido, apareciera como excluido, dispondrá de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la exposición de dicha lista, para realizar alegaciones, subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, y aportar la documentación omitida. Dichas alegaciones se dirigirán a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de forma preferentemente telemática.

En el caso de que volviera a aparecer excluida en la lista definitiva, la única opción sería interponer, un recurso potestativo de reposición ante la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, o interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recomendándole en este caso, que contacte con su Sindicato Provincial para que le den cita con la asesoría jurídica, para valorar la viabilidad y los gastos que conllevaría, incluida la condena en costas en caso de que fuera desestimado su recurso.

En cuanto a la participación en la convocatoria restringida para el acceso a determinadas bolsas llevada a cabo por Resolución de 28 de octubre de 2020 (BOJA de 11 de noviembre), le recomendamos igualmente que aporte la documentación que le hemos indicado en el caso de las oposiciones, aunque en dicha Resolución no se recoja la opción de poder presentar el justificante de haber solicitado la expedición del título.

En el caso de que apareciera como excluida en las listas provisionales de personal admitido y excluido, podrá presentar telemáticamente alegaciones en el plazo de tres días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la referida Resolución, dirigidas a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Si a pesar de las alegaciones, volviera a aparecer como excluida en las listas definitivas, al igual que en el caso de las oposiciones, la única opción sería interponer un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo.

Si está haciendo referencia a la participación en la convocatoria para cubrir vacantes y sustituciones (listas), llevada a cabo por la Resolución de 10 de noviembre de 2020 (BOJA de 16 de noviembre), en dicha convocatoria aparece respecto al título que se deberá presentar “Copia del título alegado como requisito, o en su defecto, certificación acreditativa donde conste haber finalizado los estudios conducentes a dicha titulación junto con el pago de los derechos de expedición, para el desempeño de un puesto del Cuerpo y Especialidad de la que se trate”, por lo que en este caso no sería necesario aportar una copia del título, pudiendo éste ser sustituido por una certificación acreditativa en la que conste que ha finalizado los estudios, junto con el justificante del pago de los derechos de expedición, por lo que le recomendamos igualmente que aporte toda la documentación que le hemos referido en el caso de las oposiciones, y la bolsa restringida.

Si apareciera como excluida en las listas provisionales de personal admitido y excluido, el procedimiento es el mismo que en el caso de las bolsas restringidas, es decir, podrá presentar telemáticamente alegaciones en el plazo de tres días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la referida Resolución, dirigidas a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

Si volviera a aparecer como excluida en las listas definitivas, al igual que en el caso de las oposiciones, la única opción sería interponer un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo. Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía