[10-12-20] Plazo prescripción reclamación complemento maestros que imparten secundaria en Educación de Adultos

Pregunta

Un compañero de esa me pregunta cuando prescribe lo que le debe la consejería por el nivel 24, ya que lleva 7 años en adultos-secundaria y nunca ha cobrado ni pedido nada.

Respuesta

El plazo de prescripción es de cuatro años tal y como aparece recogido en el artículo 30 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, por lo cual solo podrá solicitar el abono  de las diferencias retributivas entre el complemento de destino de nivel 21 y complemento específico de primaria abonados y el equivalente del complemento de destino nivel 24 y el complemento específico de secundaria,  con carácter retroactivo cuatro años atrás desde la reclamación inicial.

Si registra la solicitud durante el mes de diciembre de 2020, las mensualidades a reclamar serán desde el mes de diciembre de 2016 a noviembre de 2020, habiendo prescrito ya las cantidades anteriores, por lo que pierde 3 años.  La cuantía principal determinada se corresponderá con este periodo. En el caso de que actualmente se mantenga en su puesto impartiendo Secundaria a Personas Adultas, podrá solicitar también el abono sucesivo en las nóminas futuras mientras se den estas condiciones.

Si por el contario ya no imparte en ESA, deberá acotar el periodo retroactivo hasta la fecha en que haya cesado en el puesto en el cual impartía esta enseñanza a este alumnado, siempre dentro del periodo de los últimos 4 años atrás a la solicitud, que es la que interrumpe la prescripción en este caso.

Este Gabinete ha realizado un modelo de reclamación de dichos complementos recomendándole que si lo desea contacte con el Sindicato de CC.OO. de su provincia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto, puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía