[15-12-20] Reserva puesto de trabajo situación de servicios especiales

Pregunta

Estoy en situación de servicios especiales y me habían confirmado en delegación que tenía reserva de mi plaza al tener destino definitivo en mi centro desde 2014, pero ahora me dicen desde el centro que mi plaza se oferta en el concurso general de traslados. ¿Eso es así? ¿No tengo derecho a la reserva de mi plaza? ¿En qué condiciones se permite la reserva y cuando no? Gracias

Respuesta

La situación de servicios especiales se encuentra recogida en el art. 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31 de octubre), en el art. 4 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (BOE de 10 de abril), y en la Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo y de asignación de puestos de trabajo (BOE de 23 de febrero), en cuyo punto V se recoge que en los supuestos en los que exista reserva de puesto de trabajo el reingreso o la asignación de puesto se efectuará al mismo y, de haber sido éste suprimido, a uno de los correspondientes a su cuerpo y especialidad en la misma localidad o zona, manteniendo en todo caso los derechos que pudieran corresponderle como titular del puesto suprimido.

Es por ello, por lo que entendemos que salvo que se suprima el puesto, tendrá derecho a reingresar a su destino definitivo, recomendándole por ello, que verifique en la propuesta inicial de vacantes, a la que puede acceder a través de la página web de la Federación de Enseñanza de CCOO, si se ha incluido su plaza, recomendándole que en el caso de que así se contacte con su Sindicato Provincial.

En cualquier caso, debe tener en cuenta, y con independencia de que contacte con su Sindicato Provincial, que, aunque aparezca incluida en esta información previa de vacantes, el momento de presentar una reclamación será cuando se publique el listado provisional de vacantes en el mes de enero, debiendo presentar en ese momento su reclamación argumentada a la Consejería de Educación a través de Séneca.

Si necesita alguna aclaración más al respecto, puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía