[21-01-21] Tutoría telemática

Pregunta

Me gustaría saber si estoy obligada a tener una tutoría presencial, sin ser yo la tutora, con una madre que vive en una localidad altamente contagiada por COVID, pudiendo tener la tutoría telemática. Gracias.

Respuesta

Respecto a las tutorías en las Instrucciones de 6 de julio de 2020, de la Viceconsejería de Educación y Deporte, relativas a la organización de los centros docentes para el curso escolar 2020/2021, motivada por la crisis sanitaria del COVID-19, se recoge en los apartados noveno y décimo que la parte del horario no lectivo y de obligada permanencia en el centro del profesorado funcionario se llevará a cabo, con carácter general, de forma telemática, priorizándose las reuniones de trabajo a través de videoconferencia, y que no obstante lo anterior, se atenderá presencialmente mediante cita previa, en el horario habilitado para ello, a las familias que tengan dificultades para acceder a la tutoría electrónica.

Asimismo, en el documento realizado por la Consejería de Educación y Deporte, incluido en la Guía COVID-19, y denominado “Información en materia de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al coronavirus SARS COV-2, para el personal docente y de administración y servicios que trabajan en los centros y servicios educativos públicos de titularidad de la Junta de Andalucía no universitarios, para el curso escolar 2020/2021 (versión 21-08-2020), se recoge que para las para las tutorías se promoverá el uso de medios telemáticos o telefónicos, y si no fuera posible y su realización tuviera que ser presencial, se mantendrá la distancia de seguridad de 1,5 metros y si no se pudiera garantizar tal distancia se procederá al uso de mascarilla y otros medios de protección de barrera.

Es por ello por lo que entendemos que salvo que no sea posible las tutorías deben llevarse a cabo de forma telemática.

Una vez expuesto lo anterior, indicarle que desconocemos el motivo por el cual, esta madre desea ser atendida por usted y de forma presencial, y no por la tutora o tutor del grupo, recomendándole, antes de adoptar una decisión al respecto que si lo desea consulte con la inspección ya que en principio entendemos que la tutoría con los progenitores debería llevarla a cabo el tutor o tutora del grupo correspondiente, y de forma telemática salvo que no sea posible.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía