[01-02-21] Excedencia voluntaria enseñanza concertada

Pregunta

Soy fija indefinida en mi centro (Concertado) y la única de mi especialidad y con Jornada Completa. He disfrutado de dos excedencias especiales (cuidado de hijos) por dos hijos distintos (Febrero a Marzo de 2016 y Enero a Junio de 2019). Tengo dos preguntas:
1. ¿Cuándo podría solicitar una excedencia voluntaria?
2. Si soy la única especialista de mi centro, ¿deben reservarme mi plaza si la excedencia dura hasta cinco años o pueden contratar de forma indefinida a otra persona en ese tiempo?

Muchas Gracias.

Respuesta

Tal y como aparece recogido en el art. 49 del VI Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, la excedencia voluntaria se podrá conceder al trabajador, cuando tenga al menos un año de antigüedad en la empresa y no haya disfrutado de excedencia durante los cuatro años anteriores.

Aunque en dicho artículo se hace referencia a que no se podrá solicitar una excedencia voluntaria si se ha disfrutado de una excedencia (sin especificar qué modalidad) durante los cuatro años anteriores, sin embargo en el art. 46 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, sí se hace referencia expresamente a “excedencia voluntaria”, por lo que consideramos que podría solicitarla cuando lo desee, sin que sea necesario que haya transcurrido un periodo de cuatro años.   

En cuanto a la segunda cuestión planteada, la empresa podrá contratar a una persona para que ocupe su puesto a través de contratos temporales o indefinidos, en base a su potestad de organización, ya que no tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo,  conservándose solo el derecho al reingreso si existe una vacante en su especialidad o categoría profesional, por lo que si cuando usted solicite el reingreso no hay ninguna vacante disponible no podrá reingresar en ese momento. No obstante lo anterior la empresa sí deberá comunicarle las vacantes que se produzcan.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía