[05-02-21] Consideración de contacto estrecho (COVID).

Pregunta

En numerosas ocasiones he tenido alumnos que han dado positivo en la COVID y el director del centro se ha puesto en contacto conmigo a fin de evaluar la posibilidad de calificarme como contacto estrecho de un infectado. La única pregunta que se me formula es si he estado más de 15 minutos a menos de 1.5 metros del alumno positivo sin tener yo la mascarilla puesta. A mi parecer es una pregunta trampa, con el objeto de que no se pueda confinar a ningún profesor por contacto estrecho, ya que la normativa del centro obliga expresamente al docente al uso de mascarillas en el aula, de modo que si respondo negativamente, estaría tácitamente reconociendo una falta que puede acarrear un expediente. Yo he expuesto al director cada vez que me llama por lo mismo que el uso de mascarillas quirúrgicas o higiénicas no protegen de ser contagiado si no se mantiene la distancia de seguridad, tal y como establece la OMS y las recomendaciones del ministerio de sanidad, pero eso le da igual al director. Lo sorprendente de todo esto es que al mismo instante que se me descarta a mí como contacto estrecho por usar una mascarilla aunque sea higiénica o quirúrgica aun no habiendo mantenido la distancia de seguridad, se confinan 7 alumnos sentados en la cercanía del alumno infectado, teniendo ellos mismos la misma obligación que yo del uso de mascarilla que de facto sé que la utilizan, y es exactamente la misma que la mía, o sea, quirúrgica. Por ello quiero elevar la siguiente pregunta a la asesoría: estoy obligado a responder a la pregunta 'trampa' acerca de si he incumplido la normativa de uso de mascarilla en el aula que me dirige el director del centro? Gracias

Respuesta

Con independencia de que compartamos y apoyemos su reivindicación respecto al confinamiento del profesorado que ha tenido contacto con un positivo, debe tener en cuenta que las preguntas que le realiza el director sobre la distancia y el tiempo que ha permanecido junto al alumno, tienen su causa en el ANEXO al punto 7 del documento “MEDIDAS DE PREVENCIÓN, PROTECCIÓN, VIGILANCIA Y PROMOCIÓN DE LA SALUD COVID-19”, de la Consejería de Educación y Deporte, donde se recoge en el apartado 2.3 que se considerará contacto estrecho:

- Cualquier persona que haya proporcionado apoyo individual: personal docente o de apoyo que no han utilizado las medidas de protección adecuadas, miembros familiares o personas que tengan otro tipo de contacto físico similar a consecuencia de las necesidades especiales de su alumnado.
− Cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, a una distancia menor de 2 metros (ej. convivientes, visitas) y durante más de 15 minutos.
− Si el caso confirmado pertenece a un grupo de convivencia, se considerarán contactos estrechos a todas las personas pertenecientes a dicho grupo.
− Si el caso confirmado no pertenece a un grupo de convivencia, se realizará la identificación de los contactos estrechos en el centro educativo siguiendo los criterios de la estrategia de detección precoz, vigilancia y control.


Una vez expuesto lo anterior, entendemos que el hecho de que se adopte la solución de confinar a los compañeros que están situados cerca del alumno que ha dado opositivo será porque estos alumnos estarán más de 15 minutos a menos de 1,5 metros, y por lo tanto en aplicación de estos criterios deben ser considerados como contacto estrecho.

En cuanto a la pregunta sobre el uso de la mascarilla, si bien es cierto que no existe una disposición normativa donde se recoja esta obligación, entendemos que la pregunta no tendrá una finalidad capciosa, sino la de contar con todos los datos para valorar el nivel de riesgo al que ha estado expuesto, al objeto de adoptar las medidas oportunas, para protegerle no solo a usted sino también al resto de la comunidad educativa  ya que es evidente que todo el personal del centro y el alumnado está obligado a llevar mascarilla, no solo por la normativa del centro sino por aplicación de la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En cualquier caso, si usted entiende que está siendo sometido a acoso por parte de la dirección del centro, puede ponerlo en conocimiento de la inspección educativa.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía