[25-02-21] Cesión datos entidades externas para la realización de actividades extraescolares

Pregunta

En el IES que trabajo, hay una serie de organizaciones que trabajan el refuerzo educativo de menores, todo telemático, por las tardes. La cuestión es, que solicitan información de los alumnos. Si pregunto en el centro si es posible dar esta información, la primera respuesta es que sólo a los padres, pero ahora se está matizando, que si lo autoriza la/el madre/padre que sí. ¿Qué es lo que se puede hacer?

Respuesta

Al tratarse de una actividad extraescolar desarrollada por una entidad totalmente ajena al centro, nuestra recomendación, para evitar cualquier reclamación por parte de algún padre o madre, es que el centro no facilite información sobre los alumnos a estas entidades, sino que sean los propios progenitores los que faciliten los datos que sean requeridos por éstas, debiendo contar para ello, con la colaboración del centro, cuando les sean solicitados datos académicos de los que no dispongan.

En cualquier caso, debe tener en cuenta que estas entidades tienen un deber de confidencialidad en relación a los datos a los que accedan tal y como aparece recogido en el art. 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.(LOPDGDD) deber que subsiste incluso una vez finalizada la relación con el responsable o con el encargado de tratamiento.

Además de lo expuesto, al tratar estas entidades datos de carácter personal, entendemos que por encargo del centro, tal y como aparece recogido en la LOPDGDD, en el Reglamento y en la Guía para centros educativos elaborada por la AEPD, deberá suscribirse un contrato en el que se especifique que los datos únicamente serán usados conforme a las instrucciones del centro, no pudiendo ser utilizados para finalidades distintas de las previstas en el contrato, ni comunicados a otras personas, ni siquiera para su conservación. Igualmente deberán especificarse las medidas de seguridad a implantar y la devolución de los datos al centro con acuse de recibo o su destrucción una vez finalizado el contrato, con entrega del certificado de destrucción correspondiente.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía