[11-03-21] Actividad complementaria salida del centro

Pregunta

Dentro del programa Aldea queremos hacer una excursión con el alumnado a una reserva cercana a nuestro centro educativo. Sería una actividad al aire libre y en grupos-clase. Evidentemente el alumnado y docentes mantendríamos las medidas sanitarias correspondientes. Al fin y al cabo sería como una clase al aire libre. Para acceder a dicha reserva iríamos con el alumnado andando aunque atravesando el pueblo . Mi cuestión es la siguiente:
¿Necesito que dicha excursión sea autorizada por la delegación territorial de educación ?,
¿necesitamos comunicar a la guardia civil o al ayuntamiento que vamos a realizar ese movimiento a través del pueblo?.
Desde nuestro punto de vista consideramos que es absurdo no poder realizar esta actividad con el alumnado , pero asimismo somos conscientes de que a otros compañeros/as docentes de otros centros ,se les ha negado dicha posibilidad. Espero vuestra respuesta y si existe un fundamento legal para no poder hacer dicha actividad. El camino que realizaría el alumnado es el mismo que hace para venir al Centro, pero en sentido inverso y el grupo de convivencia el mismo de su aula, pero al aire libre.
Muchas gracias

Respuesta

Lo único que se contempla respecto a las actividades complementarias para el presente curso escolar, es lo recogido en el Decálogo para una vuelta al cole segura realizado por la Viceconsejería de Educación y Deporte, donde se establece en el apartado 9.7 que

“La realización de actividades complementarias y actividades extraescolares es decisión de los centros docentes, que, en el uso de su autonomía, establecen aquellas actividades que consideran necesarias: bien para complementar el currículum o para añadir otros aprendizajes a la formación integral de su alumnado.

Dada las condiciones en las que se va a desarrollar el próximo curso escolar, con una crisis sanitaria presente, los centros pueden optar sin ningún problema por suspender todas sus actividades complementarias y extraescolares si con ello estiman que aumenta la seguridad en su centro y para con su alumnado”

En este Decálogo lo que se recoge es la concesión de la potestad de los centros, en base a su autonomía organizativa, para suspender las actividades complementarias y extraescolares debido a la situación sanitaria actual, pero en ningún caso se prohíbe su realización, siempre que se realicen con el cumplimiento de todas las medidas sanitarias, y evitando la mezcla de alumnado de diferentes grupos de convivencia o clases, de hecho en el documento de Medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021 (Versión 08/02/2021) se recoge que:  

“Se priorizará en la medida de lo posible la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades, educativas y de ocio, tanto dentro del centro educativo como otros espacios fuera del mismo. Algunos ejemplos que se han llevado a cabo estos meses son: impartir clases más activas en el patio, realizar actividades de investigación en un parque cercano, actividades pedagógicas en huertos escolares o urbanos, utilizar espacio público cedido por las Entidades Locales para realizar actividades educativas al aire libre, etc.”

En cualquier caso, lo que sí es necesario, es que dicha actividad se encuentre recogida en el Plan del Centro, y que los padres firmen un consentimiento expreso para la participación de sus hijos e hijas, tal y como aparece recogido en la Orden de 14 de julio de 1998, por la que se regulan las actividades complementarias y extraescolares y los servicios prestados por los Centros docentes públicos no universitarios.

En cuanto a la necesidad de que sea autorizada por la Delegación territorial, consideramos que en el desarrollo de esta actividad se debe seguir el mismo protocolo que cualquier otra actividad complementaria aprobada e incluida en el Plan del Centro, no obstante lo anterior, si lo desea la dirección del centro puede comunicar la realización de la misma.

En cuanto a la comunicación al Ayuntamiento o la Guardia Civil, entendemos que si el paso por el pueblo conlleva algún tipo de riesgo para el alumnado o va a tener alguna incidencia en la actividad normal de la localidad pueden comunicarlo por si es necesario hacer alguna actuación especial en la vía pública o en cuanto al tráfico de vehículos.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO.