[15-03-21] Aplicación integración Profesorado Técnico de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

Pregunta

Soy afiliado desde hace muchos años. Acabo de empezar de interino y tengo una duda con la nómina:
Soy profesor Técnico de FP 00591209 - MANTENIMIENTO DE VEHICULOS con los siguientes Títulos
FP de 2º Grado
Diplomado en Educación G. .
Licenciado en Pedagogía.
¿Mi duda es si me tienen que pagar algo por la Licenciatura y la diplomatura ya que mi acceso es por FP 2º Grado?

Gracias

Respuesta

Entendemos que está haciendo referencia a la aplicación de la Disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que estipula que:

Disposición adicional undécima. Profesorado del Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
1. Se integran en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria las especialidades de formación profesional incluidas en el cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional, manteniendo la atribución docente reconocida por la normativa vigente.
2. El Gobierno, de acuerdo con las administraciones educativas, establecerá el procedimiento para el ingreso en este cuerpo, así como para el acceso al mismo del profesorado técnico de formación profesional que estuviera en posesión en la fecha de entrada en vigor de esta Ley Orgánica de la titulación de grado universitario, o equivalente a efectos de acceso a la función pública, en las condiciones que se determinen.
3. Los funcionarios de carrera del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional que, por no reunir los requisitos de titulación exigidos en la fecha de entrada en vigor de esta Ley, no puedan acceder al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, permanecerán en el cuerpo a extinguir de profesores técnicos de formación profesional. Estos profesores mantendrán su especialidad y la atribución docente reconocida por la normativa vigente.


Lo dispuesto en esta Disposición no conlleva que con carácter automático, y de forma inmediata tras la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, se produzca la integración del profesorado perteneciente al Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (PTFP) en el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria (PES), con la correspondiente incidencia en las retribuciones, sino que lo que se contempla es una previsión de que se regule un procedimiento para el ingreso en el cuerpo que integraría a ambos (PTFP)y (PES), y un procedimiento de acceso para el personal funcionario de carrera perteneciente al cuerpo de PTFP que cuente con la titulación de grado o equivalente a la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2020.   

Es por ello, por lo que con independencia de que usted tenga una titulación de grado y una licenciatura, lo dispuesto en dicha Disposición no va a tener incidencia en su nómina, hasta tanto no se regulen los procedimientos de ingreso y acceso, y usted participe en alguno de ellos, dependiendo de la situación en la que se encuentre en ese momento, es decir si es funcionario interino (procedimiento de ingreso) o si es funcionario de carrera (procedimiento de acceso)

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía