[16-03-21] Asignación materia Tecnologías de la Información y la Comunicación I y II Bachillerato.

Pregunta

Actualmente, en mi centro, la asignatura de Tecnologías de la Información y Comunicación de Bachillerato (I y II) la está impartiendo un compañero de la especialidad de Tecnología P.E.S.Yo soy de la especialidad de Informática P.E.S. Quisiera saber si yo tengo preferencia a la hora de impartirla.

Gracias.
Saludos.

Respuesta

En el caso de Bachillerato, tal y como aparece recogido en el Anexo IV del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, en su redacción dada por el Real Decreto 665/2015, la materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación I y II, están asignadas tanto al profesorado de la especialidad de Informática como al profesorado de la especialidad de Tecnología, no recogiéndose ninguna preferencia, al contrario de lo que ocurre en el caso de la  materia de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la etapa de educación secundaria, en la que sí se recoge que en los centros en los que exista profesorado de la especialidad de Informática, este tendrá preferencia sobre el de la especialidad de Tecnología para impartir dicha materia.

No obstante lo anterior, lo que sí se estipula es que cuando una misma materia esté asignada a varias especialidades, el orden de prelación en la adjudicación estará determinado por lo que las Administraciones educativas establezcan para el ámbito de su competencia o, en su defecto, por la asignación que los centros realicen en su Programación General Anual.

En este caso, al no haberse estipulado nada al respecto en la normativa andaluza, entendemos que habrá que estar a la asignación que se realice, conforme a los criterios recogidos en el art. 19 de la Orden de 20 de agosto de 2010 por la que se regula la organización y funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado, donde se estipula que los departamentos de coordinación didáctica propondrán a la dirección del centro, de forma consensuada, la distribución de las materias, módulos, ámbitos, cursos, grupos y turnos de acuerdo con el horario, la asignación de tutorías y las directrices del equipo directivo atendiendo a criterios pedagógicos y a las especialidades del profesorado. En el caso de que el departamento no presentara ninguna propuesta, la asignación corresponderá a la dirección, una vez oída la jefatura de departamento.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO. Andalucía.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía