[08-04-21] Solicitud reingreso tras excedencia por cuidado de hijo

Pregunta

Solicité una excedencia por cuidado de hijo menor a principios de curso y me gustaría incorporarme en junio. Me gustaría saber qué tengo que hacer y dónde hacerlo
Muchas gracias

Respuesta

Debe presentar la solicitud ante la Delegación territorial correspondiente, indicando la fecha en la que desea que se haga efectivo el reingreso. En cuanto al plazo para presentarla, aunque no existe un plazo establecido ni en el EBEP ni en la Resolución de 15 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, por la que se dictan reglas aplicables a determinados procedimientos en materia de reingreso al servicio activo, le recomendamos que lo solicite con al menos un mes de antelación a la fecha fijada en su solicitud para el reingreso.

La solicitud podrá presentarla de forma presencial o a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía a la que podrá acceder a través de este enlace

También podrá presentarla  por correo certificado a través de las oficinas de correos, tal y como aparece recogido en el art. 16 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, debiendo llevar el original en un sobre abierto y una copia del escrito para que le sea sellado por el personal de la oficina correspondiente (art. 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales).

En cualquier caso, lo que sí debe tener en cuenta es que una vez solicite el reingreso, no podrá volver a solicitar un nuevo periodo de excedencia por el mismo sujeto causante, tal y como aparece recogido en el art. 89.4 del EBEP, donde se estipula que el período de excedencia será único por cada sujeto causante.

Por último indicarle que si solicita el reingreso a fecha de 1 de junio percibirá la totalidad de la paga extra, cuyo cómputo sería desde el día 1 de junio al 30 de noviembre.

Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía