[09-04-21] Requisitos acceso convocatoria bolsa extraordinaria

Pregunta

Accedí por convocatoria extraordinaria a la bolsa de Biología bilingüe (inglés), aportando el título de B2 de inglés (Cambridge). En caso de empezar a trabajar por esta bolsa, ¿podrían excluirme si cambiara el requisito para acceder/ejercer y pidieran el C1 como mínimo?
Gracias y un saludo,

Respuesta

Entendemos que en principio una vez se accede a la bolsa correspondiente, conforme a los requisitos exigidos en el momento de acceso, la exclusión solo podría llevarse a cabo si concurre alguno de los supuestos recogidos en el art. 50 de la Orden de 10 de junio de 2020, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes, la movilidad por razón de violencia de género y víctimas de terrorismo, las bolsas de trabajo docentes, así como las bases aplicables al personal integrante de las mismas.

a) No participar en dos procedimientos de adjudicación de destinos provisionales consecutivos en los que se esté obligado a hacerlo, por hallarse en situación de activo.
b) No incorporarse al puesto de trabajo adjudicado, hallándose en situación de activo, sin existir causa de fuerza mayor que lo justifique, cuya valoración recaerá en la Dirección General competente en materia de recursos humanos.
c) Abandonar, sin causa que lo justifique, el puesto de trabajo.
d) No incorporarse al puesto de trabajo, en el plazo de cuarenta y ocho horas desde la correspondiente notificación, tras la denegación de baja médica por incapacidad resuelta por la autoridad competente.
e) Realizar las tareas docentes con manifiesta incompetencia profesional para el desempeño del puesto.
f) No acreditar que se posee la documentación requerida para la obtención de un puesto de trabajo del cuerpo y especialidad correspondiente.
g) Que conste en el certificado expedido por el Registro de Delincuentes Sexuales, la existencia de condena en sentencia firme.


No obstante lo anterior, habrá que estar a lo que se acuerde y se publique al respecto por parte de la Administración, ya que desconocemos cuando se va a producir la modificación y en qué términos y si se va a arbitrar un régimen transitorio para que el personal puede obtener la certificación requerida, y en el caso de que así sea en qué condiciones

Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía