[15-04-21] Permiso paternidad interino
Pregunta
A mediados del mes de junio de este año está previsto que nazca mi hijo. Soy profesor funcionario interino de secundaria. Tengo algunas dudas respecto a este asunto. Actualmente tengo vacante y llevo 11 años trabajando en el cuerpo. ¿Cuánto tiempo de baja me correspondería teniendo en cuenta que soy interino y terminamos contrato a finales de agosto? ¿Es el mismo que los compañeros que tienen plaza o es diferente? ¿Qué trámites tendría que hacer para que me concedieran la baja cuando se produzca el nacimiento?
Muchas gracias.
Respuesta
La duración del permiso de paternidad es de veinte semanas, que en el presente años se distribuyen de forma que dieciséis semanas son las correspondientes al permiso recogido en el Real Decreto Legislativo 5/2015 por el que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y las cuatro semanas restantes las correspondientes al permiso recogido en el Acuerdo de 13 de julio de 2018 de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.Una vez expuesto lo anterior, indicarle que si estando disfrutando del permiso de paternidad propiamente dicho (16 semanas) se produjera el cese, seguirá percibiendo el subsidio hasta la finalización de estas 16 semanas de permiso, pasando a continuación, a percibir la prestación por desempleo en el caso de que le corresponda, sin que se le descuente el periodo transcurrido desde el cese hasta la finalización del subsidio por paternidad, tal y como aparece recogido en el art. 284 del Real Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Por el contrario en el caso de que se produjera el cese estando disfrutando del permiso adicional de paternidad dejará de disfrutar de éste y pasará a percibir la prestación por desempleo si le corresponde.
En el caso de que le dieran una nueva vacante en el mes de septiembre, igualmente podrá seguir disfrutando de su permiso de paternidad y adicional hasta su finalización, y una vez finalizado estos podría solicitar el permiso de cuatro semanas adicionales recogido artículo 12.1.5 del Decreto 349/1996, de 16 de julio, en la redacción dada por el Decreto 347/2003, de 9 de diciembre y en la Circular de 6 de febrero de 2013 sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente, y el permiso de lactancia recogido en el art. 48.f) del EBEP en su redacción dada por la Ley 11/2020.
Asimismo debe tener en cuenta que si la madre no está desempeñando ninguna actividad laboral deberá disfrutar del permiso de forma ininterrumpida, pero si la madre tiene una actividad laboral vigente cuando se produzca el nacimiento, usted podrá solicitar el disfrute del permiso de forma ininterrumpida desde el nacimiento o de forma interrumpida. En el caso de que solicite disfrutarlo de forma interrumpida, tal y como aparece recogido en el art. 49.c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, y en su Disposición transitoria novena, deberá disfrutar de seis semanas ininterrumpidas y posteriores al nacimiento, y el resto a elección, con las siguientes posibilidades:
- Después de las seis semanas de descanso obligatorio para la madre.
- Después de la finalización de todos los permisos relacionados con la maternidad por parte de la madre.
En cuanto a la solicitud además de solicitar el permiso mediante modelo normalizado Anexo I, deberá solicitar el subsidio por paternidad recogido en el art. 184 del Real Decreto Legislativo 8/2015, a través de la sede virtual de la Seguridad Social, siempre que acredite un período mínimo de cotización de ciento ochenta días dentro de los siete años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del permiso, o, alternativamente, trescientos sesenta días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha, requisito que en su caso cumple.
Si necesita alguna aclaración más puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.
Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía