[30-04-21] Incidencia del desempeño de la dirección en la jubilación

Pregunta

Quisiera saber si el hecho de haber sido directora tiene alguna incidencia en la jubilación.

Respuesta

Si pertenece al Régimen de Clases Pasivas del Estado, el desempeño del cargo de director no tendrá ningún efecto en la cuantía de la pensión, ya que tal y como viene recogido en el art. 28 y siguientes del Real Decreto Legislativo 670/1987 de 30 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, la cuantía de la pensión no depende de la cuantía del salario percibido, sino de los años de servicios efectivos reconocidos y del haber regulador correspondiente al Cuerpo al pertenezca, haber regulador que se fija anualmente en las Leyes de Presupuestos del Estado.

En el caso de que pertenezca al Régimen General de la Seguridad Social, debido a que la pensión de jubilación está determinada por las cotizaciones efectuadas en función de las retribuciones percibidas, es decir, de las bases de cotización (salario mensual + 1/6 de la paga extra) y de los años de cotización que se tengan acreditados, sí tendría efectos en la cuantía de la pensión, sin olvidar que independientemente de la cuantía de pensión que resulte, como existe un límite fijado por el parlamento en las Leyes de Presupuestos para la pensión o suma de pensiones públicas que se perciban, que el presente año son 2.707,49 euros brutos,  el ejercicio de la dirección podría no tener ningún efecto o éste ser limitado.

Si necesita alguna aclaración más al respecto, puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía