[12-05-21] Petición aplazamiento fase de prácticas oposiciones

Pregunta

Me voy a presentar a las próximas oposiciones y quisiera saber cuáles son las causas para poder solicitar el aplazamiento de la fase de prácticas.
Muchas gracias y saludos.

Respuesta

La regulación de la fase de prácticas se encuentra recogida en los artículos 30 y 31 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes (BOE de 02/03/2007), y en los artículos 8 y siguientes del Decreto 302/2010 por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de puestos de trabajo, donde únicamente se estipula que se podrá solicitar el aplazamiento de la fase de prácticas por un curso escolar por causas debidamente justificadas, en la forma y en los plazos que establezca la Consejería competente.

En el mismo sentido se recoge en la base decimoquinta de la Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectúa la convocatoria de oposiciones, donde se dispone que:  

“Quienes necesiten un aplazamiento de la incorporación a la fase de prácticas por un curso académico, por causas debidamente justificadas y apreciadas por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, deberán solicitarlo en el período habilitado en el apartado 13.1, mediante escrito acompañado de los documentos justificativos, dirigido a la persona titular de la mencionada Dirección General, que dictará la resolución que proceda”.

Es por ello, por lo que si desea solicitar el aplazamiento deberá presentar un escrito acompañado de la documentación acreditativa correspondiente, dirigido a la persona titular de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, que dictará la resolución que proceda una vez valoradas las circunstancias alegadas y la documentación aportada. Dicho escrito deberá presentarlo en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo, tal y como aparece recogido en la convocatoria de oposiciones.

Por último, iandicarle que debe tener en cuenta que en el supuesto de que le fuera admitido el aplazamiento debería incorporarse a la fase de prácticas en el curso 2022/2023 y solo podría realizar dicha fase una vez, al contrario de lo que ocurre con el profesorado que la realiza en el curso inmediatamente siguiente a la celebración del proceso selectivo, ya que éste, en el caso de que sea declarado no apto puede volver a realizarla de nuevo.

Asimismo, debe tener en consideración que, al no poder repetir la fase de prácticas, en el caso de que, por cualquier circunstancia, no fuera declarado apto, perdería el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, y en el supuesto de que fuera declarado apto ocupará el lugar siguiente al de la última persona seleccionada de su promoción en su especialidad.

Si necesita alguna aclaración más al especto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía