[20-05-21] Permiso hospitalización pareja de hecho no inscrita

Pregunta

Una persona que a su pareja la hospitalizan estando embarazada y no están casados ni son pareja de hecho. Podría ausentarse de su centro y justificar dicha ausencia con una declaración jurada explicando la situación. Muchas gracias. Un saludo

Respuesta

Tal y como aparece recogido en el apartado II.1.1 del Texto Refundido de la Circular de 6 de febrero de 2013 sobre licencias, permisos y reducciones de jornada, respecto al permiso por enfermedad de familiar, el cónyuge se considera incluido en este apartado.

Una vez expuesto lo anterior debe tener en cuenta lo dispuesto en el apartado II de la citada Circular donde se recoge que en todos aquellos casos en los que los permisos vengan referidos a una vinculación conyugal o de afinidad, se entenderá equiparada la pareja estable al matrimonio y el conviviente al cónyuge, pero siempre que se haya producido la inscripción en el Registro de parejas de hecho, regulado por el Decreto 35/2005 de 15 de febrero.   

En su caso, si no se ha llevado a cabo la inscripción como pareja de hecho, en principio no estaría encuadrada en el ámbito de aplicación de dicho permiso. No obstante lo anterior, y dadas sus circunstancias, le recomendamos que si lo desea lo solicite adjuntando tal y como expone una declaración jurada, y un certificado de empadronamiento en el que conste la convivencia, ya que de hecho existen sentencias del Tribunal Supremo referidas al reconocimiento de pensiones de jubilación, en las que se reconoce la posibilidad de acreditar la realidad de las parejas de hecho por cualquier medio de prueba válido en derecho.

En cualquier caso debe tener en cuenta que el órgano competente para su concesión es la dirección del centro, y por lo tanto la que tendrá que dar por justificada o no su ausencia.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía