[25-05-21] Solicitud comisión de servicio plazo extraordinario.

Pregunta

Me han comentado que se ha abierto un plazo para solicitar comisiones de servicio ¿Puede solicitarlas cualquier persona que haya obtenido destino en el concurso de traslados?

Respuesta

Tal y como aparece recogido en la Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos por la que se abre un plazo extraordinario para solicitudes de comisiones de servicio, podrán solicitar comisiones de servicio en este plazo extraordinario comprendido entre los días 21 y 26 de mayo de 2021, ambos inclusive, el siguiente personal:

- Personal en prácticas que ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados convocado por Resolución de 26 de octubre de 2020.
- Personal funcionario de carrera en situación de provisionalidad o reingresado que ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados convocado por Resolución de 26 de octubre de 2020.
- Personal funcionario de carrera, proveniente de otra Administración Educativa, que ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslado convocado por Resolución de 26 de octubre de 2020.”
Además de lo expuesto debe tener en cuenta que este personal solo podrá solicitar comisiones de servicio por ocupar un cargo electivo en alguna Corporación Local, o por conciliación de la vida personal, laboral y familiar solo en los siguientes supuestos:
- Por tener el destino definitivo en municipio diferente al del domicilio habitual.
- Por estudios del profesorado o de sus hijos e hijas cuando el centro del nivel correspondiente a dichos estudios se halle a más de cincuenta kilómetros del municipio del destino definitivo.

Por lo expuesto, salvo que se encuentre en alguno de estos supuestos, no podrá solicitar comisión de servicio en este plazo extraordinario.

En cualquier caso, y con independencia de lo anterior, debe tener en cuenta que en caso de circunstancias sobrevenidas se puede solicitar comisión de servicio en el momento en que se produzcan dichas circunstancias, fuera del plazo general del mes de marzo, pero en este caso la ocupación del puesto estará supeditada a la existencia de vacante tras la adjudicación de destinos provisionales, tal y como aparece recogido en el art. 4 de la Orden de  26 de febrero de 2008 por la que se regulan las comisiones de servicio del personal funcionario docente dependiente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, en su redacción dada por la Orden de Orden de 20 de febrero de 2020.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía