[26-05-21] Dispensa como vocal tribunal de oposiciones por estar disfrutando de periodo vacacional.

Pregunta

Necesito su ayuda.
Tengo permiso/licencia retribuida concedida por la Delegación Territorial de Educación de Sevilla con fecha 29 de marzo, para disfrute de vacaciones no disfrutadas en agosto de 202p por enfermedad.
El permiso/licencia va desde el 1 de julio al 30 de julio de 2021. Lo elegí así para no perjudicar al alumnado.
Es una resolución firme firmada por la Delegada Territorial el 29 de marzo de 2021.
Entiendo que es mi derecho tener estas vacaciones, pero me surgen dudas sobre si me tocase tribunal de oposiciones.

¿Deben respetar mi licencia/permiso resuelto por la Delegación Provincial?
Añadir que además estoy bajo tratamiento médico.

Muchas gracias.

Respuesta

El art. art. 8.3 del Real Decreto 276/2007, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, dispone que:

"La participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio. Las Administraciones educativas podrán determinar las circunstancias en que, por su situación administrativa, por causa de fuerza mayor, o por otros motivos debidamente justificados que establezcan, en su caso, las Administraciones educativas competentes, determinados funcionarios puedan ser dispensados de esta participación".

En el mismo sentido aparece recogido en la base 5.5 de la Orden de 30 de noviembre de 2020 por la que se efectúa la convocatoria del proceso selectivo.  

Una vez expuesto lo anterior indicarle que en un principio de las listas que se confeccionan para la elección de los vocales de los tribunales de oposiciones solo se excluye al personal que se encuentra en situación de incapacidad temporal de larga duración, al personal respecto al cual la Administración tiene conocimiento de que se encuentra en alguna de las causas de abstención recogidas en el art. 32 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, al personal que se encuentra en situación de servicios especiales y al personal que se encuentra en comisión de servicio en el Ministerio de Educación o en cualquier otra Administración Pública.

No obstante lo anterior, le recomendamos que en el caso de que resultara seleccionada notifique a la presidencia del tribunal su situación, junto con la documentación acreditativa, y espere respuesta, ya que entendemos que durante el periodo vacacional se encuentra eximida de realizar las funciones propias de su trabajo, entre las cuales consideramos debería incluirse la de participar en un tribunal de oposiciones. En el caso de que le fuera denegada, podría impugnar dicha denegación en vía administrativa para lo cual le recomendamos que contacte con su Sindicato Provincial. Por otro lado, también podría solicitar en caso de que se le denegara el disfrute en otra fecha distinta de dicho periodo vacacional al que tiene derecho.

Si necesita alguna aclaración más al respecto puede plantearla a través de este servicio de consultas de la página web de CC.OO.

Gabinete Técnico de la Federación de Enseñanza de CC.OO. Andalucía